RESOLUCIÓN N° 209/21
APRUEBA PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN SIMPLE Nº 07/21. OBRA: REFACCIONES VARIAS EN HOGARES DE NIÑOS/AS Y JÓVENES (HOGAR CUNA, HOGAR NIÑO FELIZ, HOGAR CASITA FELIZ Y HOGAR AMANECER) - SALTA - CAPITAL.

Publicado en el Boletín N° 20988, el día 14 de Mayo de 2021.



SALTA, 06 de Mayo de 2021

RESOLUCIÓN Nº 209

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 234-92.147/2020-0 y agregados.

VISTO
el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 07/21, para la contratación de la obra “REFACCIONES VARIAS DE HOGARES DE NIÑOS/AS Y JÓVENES (HOGAR CUNA, HOGAR NIÑO FELIZ, HOGAR CASITA FELIZ Y HOGAR AMANECER) - SALTA - CAPITAL”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 114/115, mediante Resolución SOP Nº 331/2020, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 8.870.303,45 (pesos ocho millones ochocientos setenta mil trescientos tres con 45/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de febrero de 2020, un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos, mediante la modalidad de ajuste Alzado y se autorizó a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 137/178, mediante Resolución Nº 07/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 193, se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 191/192 en el Boletín Oficial, a fs. 188 en la página web
http://obraspublicas.salta.gob.ar, a fs. 194/198 rolan las invitaciones a las empresas del rubro y a fs. 206/211 las comunicaciones a los organismos intervinientes para la apertura de sobres, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley Nº 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que conforme el Acta de Apertura de Sobres, de fecha 31 de marzo de 2021 (fs. 212/214), presentaron sus ofertas 7 (siete) empresas: “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, “CELMONT S.R.L.”, “NORTE ARIDOS S.R.L.”, “INSECA S.R.L.”, “CE Y BA S.R.L.”, “FECO S.R.L. ” y “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 1278/1280, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución Nº 07/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda desestimar las ofertas presentadas por las siguientes empresas, por incumplimiento a los requisitos dispuestos por los artículos 7º del Pliego de Condiciones Particulares: “ÁLVAREZ CHAMÓN” (art. 7, incs. f, i, j, l y ñ); “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.” (art. 7, incs. f, l y o); “INSECA S.R.L.” (art. 7, incs f, k, l y o) y “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.(art. 7, incs. f, ñ y o) y recomienda declarar admisibles a las ofertas presentadas por las empresas “NORTE ARIDOS S.R.L.”, “CE Y BA S.R.L.” y “FECO S.R.L.”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que las ofertas de las empresas “NORTE ARIDOS S.R.L.”, “CE Y BA S.R.L.” y “FECO S.R.L.”, cuentan con capacidad de ejecución anual y capacidad suficiente para esta obra, presentan sus análisis de precios razonables y sus planillas de datos garantizados completas, reflejando que los insumos y materiales cumplen con las normas nacionales de calidad, inclusive los equipamientos y artefactos;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “FECO S.R.L.”, en la suma de $ 9.329.943,15 (pesos nueve millones trescientos veintinueve mil novecientos cuarenta y tres con 15/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de marzo de 2021, que representa un 27,09 % inferior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 1281/1294, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presentaran impugnaciones al mismo;

Que a fs. 1297, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación definitiva del gasto;

Que a fs. 1298/1299, mediante Dictamen Nº 217/21, rola la intervención de la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 1300, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe Nº 09/21;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 07/21, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución SOP Nº 331/2020 para la ejecución de la obra “REFACCIONES VARIAS DE HOGARES DE NIÑOS/AS Y JOVENES (HOGAR CUNA, HOGAR NIÑO FELIZ, HOGAR CASITA FELIZ Y HOGAR AMANECER) - SALTA - CAPITAL”, con un presupuesto oficial de $ 8.870.303,45 (pesos ocho millones ochocientos setenta mil trescientos tres con 45/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de febrero de 2020, un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2º.- Desestimar por inadmisibles las ofertas de las empresas: “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.”, “INSECA S.R.L.” y “ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.”, por incumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 7º y 15 del Pliego de Condiciones Particulares, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3º.- Declarar admisibles las ofertas de las empresas: “FECO S.R.L.”, “CE Y BA S.R.L.” y “NORTE ARIDOS S.R.L.”, en ése orden de prelación, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 4º.- Adjudicar en el marco del artículo 14 de la Ley Nº 8.072, a la empresa “FECO S.R.L.”, CUIT Nº 30-70868770-3, la ejecución de la obra “REFACCIONES VARIAS DE HOGARES DE NIÑOS/AS Y JOVENES (HOGAR CUNA, HOGAR NIÑO FELIZ, HOGAR CASITA FELIZ Y HOGAR AMANECER) - SALTA - CAPITAL”, por un monto de $ 9.329.943,15 (pesos nueve millones trescientos veintinueve mil novecientos cuarenta y tres con 15/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de marzo de 2021, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 5º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “FECO S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6º.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley Nº 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 7º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007149601 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 438 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio: 2021.

ARTÍCULO 8º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





Responsive image Responsive image