RESOLUCIÓN N° 21/23
DECLARA FRACASADA LICITACIÓN PÚBLICA N° 405/22. AUTORIZADA POR RESOLUCIÓN N° 130/22 DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS: ADQUISICIÓN DE AGUA EN BIDONES Y ALQUILER DE DISPENSERS DE AGUA FRÍO/CALOR.

Publicado en el Boletín N° 21499, el día 29 de Junio de 2023.



SALTA, 22 de Junio de 2023

DISPOSICIÓN Nº 21

SECRETARÍA DE FINANZAS

Expte. Nº 11-154749/21.-

VISTO la Licitación Pública Nº 405/22, autorizada por la Resolución Nº 130/22 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos; y,

CONSIDERANDO:

Que el objeto de la citada licitación pública era la "Adquisición de Agua en Bidones y el Alquiler de los Dispensers de Agua Frío/Calor";

Que la Comisión de Preadjudicación conformada al efecto, ha realizado el análisis de la propuesta presentada;

Que en este sentido, a fs. 313/315 obra dictamen de la Comisión de Preadjudicación, en el cual se sugiere preadjudicar a la firma Salvador Marinaro e Hijos SRL los Renglones Nros. 01, 02 y 03 de la Licitación Pública Nº 405/22;

Que a fs, 377 se puede observar que vía mail, de fecha 04/04/2023, se consultó al proveedor preadjudicado si mantendría la oferta presentada el día 01/09/22, a lo cual el proveedor contestó que el precio ofertado será actualizado al momento de solicitar el inicio del servicio;

Que asi las cosas, habiendo transcurrido mas de 6 meses, superando ampliamente los 30 días hábiles, estipulados en el artículo 16 del Pliego de Condiciones Generales, desde la preadjudicación y su notificación hasta la fecha en que se requiere al oferente informe si mantiene su oferta, consideramos que no corresponde aplicar las sanciones establecidas en el citado artículo, ya que si bien el oferente no manifiesta expresamente "DESISTIR" de su oferta para la licitación ya referenciada, se podría aplicar el principio de informalismo a favor del administrado y entender a su necesidad de actualizar los precios como la imposibilidad de mantener su propuesta luego de 6 meses de realizada la preadjudicación;

Que por lo vertido precedentemente, la Comisión de Preadjudicación declara fracasada la licitación Pública Nº 405/22, al desistir de su oferta el proveedor Salvador Marinaro e Hijos SRL y habiéndose modificado las necesidades del organismo destinatario;

Que en el marco de la Ley Nº 8072 de Contrataciones del Estado y su Decreto Reglamentario Nº 1319/18 y los Pliegos de Condiciones Generales y Particulares, la Comisión de Preadjudicación recomienda se declare fracasada la Licitación Pública Nº 405/22;

Por ello,

EL SECRETARIO DE FINANZAS

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Declarar fracasada la Licitación Pública Nº 405/22, autorizada por Resolución Nº 130/22 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, para la: "Adquisición de Agua en Bidones y el Alquiler de los Dispensers de Agua Frío/Calor", por los motivos expuestos en el considerando de la presente.

ARTÍCULO 2º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Burgos





Responsive image Responsive image