RESOLUCIÓN N° 211/21
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 1. OBRA: REFACCIONES VARIAS ESCUELA Nº 4.101 - DPTO. ROSARIO DE LA FRONTERA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 20988, el día 14 de Mayo de 2021.



SALTA, 06 de Mayo de 2021

RESOLUCIÓN Nº 211

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125-30.257/2020-16 Cpde. y agregados.

VISTO
las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la obra “REFACCIONES VARIAS ESCUELA Nº 4.101 - MARTINA SILVA DE GURRUCHAGA - ROSARIO DE LA FRONTERA - DPTO. ROSARIO DE LA FRONTERA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución SOP Nº 220/2020 (fs. 55/58) a la empresa ALVAREZ CHAMON SRL, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 2.931.087,54 (pesos dos millones novecientos treinta y un mil ochenta y siete con 54/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de mayo de 2020 (fs. 02/03);

Que a fs. 33, el Inspector de Obra de la Dirección de Obras de Educación de la SOP, consideró cumplidos los requisitos previstos por el Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 04, rola Nota de Pedido Nº 1, mediante la cual la contratista adhirió expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente, renunció a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asumió la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor del contrato o precio surgido de la última redeterminación, sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 37, mediante Actuación Nº 326/2020 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 38/39 el Dictamen Nº 366/20 y a fs. 40 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 5,79 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de julio de 2020;

Que a fs. 42, la Dirección Obras de Educación, a través de la ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, informa que no corresponde el descuento proporcional del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 3.100.895,87 (pesos tres millones cien mil ochocientos noventa y cinco con 87/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de julio de 2020, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de mayo de 2020 por la suma de $ 2.931.087,54 (pesos dos millones novecientos treinta y un mil ochenta y siete con 54/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de julio de 2020 por la suma de $ 169.808,33 (pesos ciento sesenta y nueve mil ochocientos ocho con 33/100);

Que a fs. 46, rola intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 49/50, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 52/53, mediante Dictamen Nº 72/2021 la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios requerida;

Que a fs. 54, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que les compete mediante Informe Nº 19/21;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la obra “REFACCIONES VARIAS ESCUELA Nº 4.101 - MARTINA SILVA DE GURRUCHAGA - ROSARIO DE LA FRONTERA - DPTO. ROSARIO DE LA FRONTERA - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución SOP Nº 220/2020 a la contratista ALVAREZ CHAMON SRL.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, adjudicada mediante Resolución SOP Nº 220/2020, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 3.100.895,87 (pesos tres millones cien mil ochocientos noventa y cinco con 87/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de julio de 2020, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de mayo de 2020 por la suma de $ 2.931.087,54 (pesos dos millones novecientos treinta y un mil ochenta y siete con 54/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de julio de 2020 por la suma de $ 169.808,33 (pesos ciento sesenta y nueve mil ochocientos ocho con 33/100);

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista ALVAREZ CHAMON SRL, por el monto dispuesto en el artículo 2º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011005205 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 649 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2021.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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