RESOLUCIÓN N° 214/19
APRUEBA PROCEDIMIENTO DE RECTIFICACIÓN DE REDETERMINACIONES DE PRECIOS NºS. 1 Y 2. OBRA: CONSTRUCCIÓN DE REFUGIOS Y PARADORES DEL ÁREA METROPOLITANA DE SALTA - AMS.

Publicado en el Boletín N° 20610, el día 23 de Octubre de 2019.



SALTA, 16 de Octubre de 2019

RESOLUCIÓN N° 214

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO

Expte. N° 0110272-223813/2015-95 y 272-54518/2019-0

VISTO
las presentes actuaciones en las cuales se tramita la aprobación de las Rectificativas de las Redeterminaciones de Precios N° 1 y N° 2, y de las Redeterminaciones de Precios N° 3, N° 4 y N° 5 según Cuadro Modificatorio N° 1 de la obra "Construcción de Refugios y Paradores del Área Metropolitana de Salta -AMS", ejecutada en el marco del Programa de Desarrollo de las Áreas Metropolitanas del Interior-DAMI-, Préstamo BID 2499/OC-AR; y,

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 74/2016 del Ministerio de Hacienda y Finanzas se aprobó la Licitación Pública Nacional N° 12/2015 realizada por la Secretaría de Financiamiento, en carácter de Unidad Ejecutora Provincial del Programa para la contratación de la obra "Construcción de Refugios y Paradores del Área Metropolitana de Salta -AMS", y se adjudicó la misma a la firma TFP Construcciones S.R.L.;

Que por Resoluciones N° 79/2017 del Ministerio de Hacienda y Finanzas y N° 120/2018 del Ministerio de Economía, se aprobaron los procedimientos de Redeterminaciones de Precios N° 1 y N° 2 y sus Adendas correspondientes;

Que a fs. 167 por Nota de Pedido N° 42 de fecha 06/11/2018 la contratista presenta las Redeterminaciones de Precios recalculadas según Cuadro Modificatorio N° 1 de la obra de referencia;

Que a fs. 613/622 la Unidad Central de Contrataciones informa que se han cumplimentado las exigencias comprendidas en el Decreto N° 1170/2003 y su modificatorio Decreto N° 3721/2013 y autoriza la prosecución del trámite;

Que a fs. 649/677 se encuentra agregado el Reporte Decreto N° 572/2006 con la autorización del señor Secretario de Finanzas de este Ministerio de Economía y a fs. 697 la Unidad Ejecutora Central por Nota N° 00226/2019 de fecha 20/05/2019 comunica la no objeción a la presente;

Que el Pliego de Bases y Condiciones y el contrato de obra establecen que el mismo será redeterminado de acuerdo a la metodología establecida en el Decreto Provincial N° 1170/2003 y sus modificatorias;

Que el art. 2° inciso e) del Decreto N° 1170/2003 modificado por el art. 1° del Decreto N° 3721/2013 establece que se procederá a la renegociación de los precios en todos los casos, cuando los costos, cualquiera haya sido la fecha de celebración del contrato, hubiesen adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor del contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución según corresponda, a solicitud de la Contratista;

Que en el caso el Factor de Redeterminación de Precios correspondiente al recalculo de la Redeterminación de Precios N° 1 ha ascendido al 30,22 y el de la Redeterminación N° 2 al 13%; ambas con un saldo a favor de la contratista, y el cálculo de las Redeterminaciones N° 3, N° 4 y N° 5 han ascendido al 8,71 %, 5,21 % y 6,52 % respectivamente, todos índices superiores al 5 % exigido por la norma citada;

Que a fs. 693/694 obra la imputación preventiva del gasto que será financiado en un 75% con fondos provenientes del Programa y en un 25% por la contraparte provincial, y a fs. 703 se encuentra agregada la intervención de la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda en el control de su competencia;

Que las actuaciones cuentan con los respectivos análisis de legalidad de los organismos que han intervenido, resultando procedente el dictado del instrumento administrativo respectivo;

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Aprobar el procedimiento de la Rectificación de las Redeterminaciones de Precios N° 1 y N° 2 y de las Redeterminaciones de Precios N° 3, N° 4 y N° 5 según Cuadro Modificatorio N° 1 de la obra "Construcción de Refugios y Paradores del Área Metropolitana de Salta -AMS", adjudicada a la firma TFP Construcciones S.R.L., en el marco de los Decretos Provinciales N° 1170/2003 y N° 3721/2013.

ARTÍCULO 2°: Modificar la cláusula segunda del contrato de obra celebrado el día 22/03/2016 y sus respectivas adendas, estableciendo el nuevo valor total del contrato en la suma de pesos veinte millones novecientos diecisiete mil cuatrocientos treinta y siete con cuarenta y seis centavos ($ 20.917.437,46), IVA incluido, a valores del mes de julio del año 2017.

ARTÍCULO 3°: Facultar al señor Secretario de Financiamiento a suscribir con la firma adjudicataria el Acta de Rectificativa de la Redeterminación de Precios N° 1 y N° 2 y de las Redeterminaciones de Precios N° 3, N° 4 y N° 5 según Cuadro Modificatorio N° 1.

ARTÍCULO 4°: El gasto que demande el cumplimiento de la presente será imputado a las siguientes partidas presupuestarias: Setenta y cinco por ciento (75%) a la Jurisdicción 55: Ministerio de Economía - SAF 1- CA 014 - AC 0004 - Obra 01 - Programa de Desarrollo de las Áreas Metropolitanas del Interior - BID 551014000401 - Construcciones de bienes de dominio privado; y Veinticinco por Ciento (25 %) a: Juridiscción 55: Ministerio de Economía - SAF 1- CA 014 - AC 0004 - Obra 03 - Programa de Desarrollo de las Áreas Metropolitanas  del Interior - Contraparte Provincial 551014000403 - Construcciones de bienes de dominio privado. Ejercicio 2019.

ARTÍCULO 5°: Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Montero Sadir





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