RESOLUCIÓN N° 214/20
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS NROS. 1 Y 2 DEL ADICIONAL Nº 1. OBRA: TERMINACIÓN DE COMPLEJO DEPORTIVO MUNICIPAL - MOLINOS - DPTO. MOLINOS - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 20802, el día 14 de Agosto de 2020.



SALTA, 22 de Junio de 2020

RESOLUCIÓN Nº 214

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125-51.101/16 - Cpde. 70 y agregados
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VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nros. 1 y 2 del Adicional Nº 1 de la obra “TERMINACIÓN DE COMPLEJO DEPORTIVO MUNICIPAL - MOLINOS - DEPARTAMENTO MOLINOS - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 744/17 (fs. 41/42), a la empresa ALVAREZ CHAMON SRL, encontrándose aprobado el Adicional Nº 1, mediante Resolución S.O.P, Nº 278/19 (fs. 43/44), suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 1.355.712,36 (pesos un millón trescientos cincuenta y cinco mil setecientos doce con 36/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de octubre de 2017 (fs. 03 y vta.);

Que a fs. 17/18, el Inspector de Obra de la Dirección de Obras Municipales de la S.O.P., consideró cumplidos los requisitos previstos por el Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 02, rola Nota de Pedido Nº 01 mediante la cual la contratista adhirió expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente, renunció a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asumió la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5 % del valor del contrato o precio surgido de la última redeterminación, sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 21/23, mediante Actuación Nº 716/19 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 24/25 el Dictamen Nº 570/19 y a fs. 26 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 91,97 % y 14,11 % de los valores del contrato y redeterminó el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de junio y agosto de 2019;

Que a fs. 27/29 la Dirección de Obras Municipales a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, informa que no se abonó anticipo financiero, redeterminandose el monto contractual del Adicional Nº 1 en la suma total de $ 2.781.830,80 (pesos dos millones setecientos ochenta y un mil ochocientos treinta con 80/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de agosto de 2019, comprensivo del monto contractual del Adicional Nº 1 a valores correspondientes al mes de octubre de 2017 por la suma de $ 1.355.712,36 (pesos un millón trescientos cincuenta y cinco mil setecientos doce con 36/100), de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de junio de 2019 por la suma de $ 1.246.807,75 (pesos un millón doscientos cuarenta y seis mil ochocientos siete con 75/100) y de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de agosto de 2019 por la suma de $ 179.310,69 (pesos ciento setenta y nueve mil trescientos diez con 69/100);

Que a fs. 30/31, rola intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 34/35, la Oficina General de Presupuesto y Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 38/39, mediante Dictamen Nº 299/2020, la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas toma la intervención correspondiente;

Que a fs. 40, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 110 de la Ley Nº 8.072, artículo 40 de la Ley Nº 6.838, artículo 44 de su Decreto Reglamentario Nº 1.448/96, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redetermínación de Precios Nros. 1 y 2 del Adicional Nº 1 de la obra “TERMINACIÓN DE COMPLEJO DEPORTIVO MUNICIPAL - MOLINOS - DEPARTAMENTO MOLINOS - PROVINCIA DE SALTA”, aprobado por Resolución S.O.P. Nº 278/19, que ejecuta la contratista ALVAREZ CHAMON SRL.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública del Adicional Nº 1 mencionado en el artículo 1º de la presente Resolución, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 2.781.830,80 (pesos dos millones setecientos ochenta y un mil ochocientos treinta con 80/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de agosto de 2019, comprensivo del monto contractual del Adicional Nº 1 a valores correspondientes al mes de octubre de 2017 por la suma de $ 1.355.712,36 (pesos un millón trescientos cincuenta y cinco mil setecientos doce con 36/100), de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de junio de 2019 por la suma de $ 1.246.807,75 (pesos un millón doscientos cuarenta y seis mil ochocientos siete con 75/100) y de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de agosto de 2019 por la suma de $ 179.310,69 (pesos ciento setenta y nueve mil trescientos diez con 69/100).

ARTÍCULO 3º.-
Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista ALVAREZ CHAMON SRL, por el monto dispuesto en el artículo 2º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007019205 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 732 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2019.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente



VER ANEXO



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