RESOLUCIÓN N° 215/20
APRUEBA PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN SIMPLE Nº 09/20. OBRA: REFACCIONES VARIAS IGLESIA SAN JOSÉ - DEPARTAMENTO METÁN - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 20802, el día 14 de Agosto de 2020.



SALTA, 24 de Junio de 2020

RESOLUCIÓN Nº 215

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125-25.841/2020 y agregados.

VISTO
el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 09/20, para la contratación de la obra “REFACCIONES VARIAS IGLESIA SAN JOSÉ - DEPARTAMENTO METÁN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 56/88, mediante Resolución S.O.P. Nº 95/2020, se aprobó el legajo técnico para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 2.327.657,01 (pesos dos millones trescientos veintisiete mil seiscientos cincuenta y siete con 01/100) IVA incluido a valores de noviembre de 2019, un plazo de ejecución de 45 (cuarenta y cinco) días corridos, mediante el procedimiento de Adjudicación Simple con la modalidad de Ajuste Alzado, se autorizó a la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación y se designó a los miembros de la Comisión de Preadjudicación;

Que según constancias de fs. 126/127, se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 128 en el Boletín Oficial, como así también en la página web
http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley Nº 8.072 y art. 10 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que conforme el Acta de Apertura de Sobres, de fecha 11 de mayo de 2020 (fs. 134/136), presentaron sus ofertas 6 (seis) empresas: “ALVAREZ CHAMÓN S.R.L.”, “JULIO E. ROCHA CONSTRUCCIONES”, “SILIOTTO S.R.L.”, “WICO DESARROLLOS S.R.L.”, “M.B. CONSTRUCCIONES” y “SERVIOBRAS S.R.L.”, por los montos y en las condiciones que allí se detallan;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 342/346 rola el informe de la Comisión de Preadjudicación, la cual rechaza por inadmisibles, por incumplimiento a los requisitos dispuestos por el artículo 8º del Pliego de Condiciones Particulares, a las ofertas presentadas por las siguientes empresas: “ALVAREZ CHAMÓN S.R.L.” (art. 8º, inc. e), “JULIO E. ROCHA CONSTRUCCIONES" (art. 8º, inc. e), “WICO DESARROLLOS S.R.L.” (art. 8º, inc. e), “M.B. CONSTRUCCIONES" (art. 8º, inc. b) y “SERVIOBRAS S.R.L.” (art. 8º, inc. e), respectivamente;

Que en consecuencia, la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “SILIOTTO S.R.L.”, en la suma de $ 2.624.037,82 (pesos dos millones seiscientos veinticuatro mil treinta y siete con 82/100) IVA incluido, que representa un 1,12% inferior al presupuesto oficial actualizado, con plazo de ejecución de 45 (cuarenta y cinco) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la única oferta admisible y resultar la más conveniente por aplicación de los criterios dispuestos por el artículo 15º del Pliego de Condiciones Particulares;

Que según constancias de fs. 347/351, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a todos los oferentes;

Que a fs. 353, la empresa “JULIO E. ROCHA CONSTRUCCIONES” efectúa una presentación en relación a que la misma fue declarada inadmisible por no cumplir con los requisitos establecidos en el art. 8º inc. e) del Pliego de Condiciones Particulares, solicitando que su oferta sea reconsiderada toda vez que ha ejecutado obras similares en los años 2006 y 2008;

Que en consecuencia, la Comisión de Preadjudicación ratifica lo expresado en el Informe de Preadjudicación, toda vez que dicha exigencia establece específicamente que la declaración jurada de obras ejecutadas similares a la obra licitada (puesta en valor de edificios antiguos con valor patrimonial) posean una fecha real de terminación en los últimos 5 (cinco) años, de conformidad a lo previsto por el art. 8º inc. e) del Pliego de Condiciones Particulares y el Anexo 7;

Que a fs. 357/358, mediante Dictamen Nº 339/2020, rola la intervención de la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas;

Que a fs. 359, el Servicio Administrativo Financiero interviene efectuando la imputación del gasto;

Que a fs. 360, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072 artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 09/20, llevado adelante por la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico, encomendado por Resolución S.O.P. Nº 95/2020 para la ejecución de la obra “REFACCIONES VARIAS IGLESIA SAN JOSÉ - DEPARTAMENTO METÁN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 2.327.657,01 (pesos dos millones trescientos veintisiete mil seiscientos cincuenta y siete con 01/100) IVA incluido a valores de noviembre de 2019, un plazo de ejecución de 45 (cuarenta y cinco) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2º.- Desestimar por inadmisibles las ofertas de las empresas "ALVAREZ CHAMÓN S.R.L.”, “JULIO E. ROCHA CONSTRUCCIONES”, "WICO DESARROLLOS S.R.L.”, “M.B. CONSTRUCCIONES” y “SERVIOBRAS S.R.L.” por incumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 8º del Pliego de Condiciones Particulares, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente Resolución;

ARTÍCULO 3º.- Declarar admisible la oferta de la empresa “SILIOTTO S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 4°.- Adjudicar a la empresa “SILIOTTO S.R.L.”, CUIT Nº 30­-70965076-5, la ejecución de la obra “REFACCIONES VARIAS IGLESIA SAN JOSÉ - DEPARTAMENTO METÁN - PROVINCIA DE SALTA”, en la suma de $ 2.624.037,82 (pesos dos millones seiscientos veinticuatro mil treinta y siete con 82/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de mayo de 2020, con un plazo de ejecución de 45 (cuarenta y cinco) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, en el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley Nº 8.072 por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y dar cumplimiento con los criterios dispuestos por el artículo 15º del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 5º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “SILIOTTO S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6º.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley Nº 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 7º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al 092007019205 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 103 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio 2020.

ARTÍCULO 8º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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