RESOLUCIÓN N° 21D/20
EXTINCIÓN DE RELACIÓN DE EMPLEO. SR. JULIO TANQUÍA.

Publicado en el Boletín N° 20683, el día 11 de Febrero de 2020.



SALTA, 05 de Febrero de 2020

RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 21 D

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

Expediente Nº 0022-611233/2019-0.

VISTO
las presentes actuaciones por las cuales la Dirección General de Rentas de la Secretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, tramita la extinción de la relación de empleo del señor Julio Tanquía; y,

CONSIDERANDO:

Que la misma se fundamenté en el cumplimiento del plazo de un año computado desde la fecha de la intimación oportunamente cursada a efectos de iniciar el trámite jubilatorio conforme lo establece el artículo 8º, inciso f) de la Ley Nº 5.546 (Estatuto del Empleado Público), modificado por el artículo 15 de la Ley Nº 8.064;

Que en tal sentido, el señor Tanquía, no se sometió al examen médico de egreso exigido, no registra sumario administrativo en trámite, ni posee bienes patrimoniales a su cargo;

Que en la intervención que le compete la entonces Dirección General de Personal a través de su Departamento Jurídico, aconseja que en el acto administrativo que se dicte, se declare la extinción de la relación de empleo;

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

RESUELVE
:

ARTÍCULO 1º.- Dése por extinguida la relación de empleo del señor JULIO TANQUÍA, D.N.I Nº 10.787.453, a partir del día 26/06/2019 con encuadre en lo previsto por la Ley Nº 5.546 artículo 8º, inc. f, modificada por la Ley Nº 8.064, en el cargo según Decreto Nº 2.986/2015 de: Técnico Operador B, Agrupamiento: Técnico, Subgrupo: 1, Nº de Orden: 124 - Función Jerárquica IV, dependiente de la Unidad Operativa de Administración de Bienes del Servicio Administrativo Financiero de la Dirección General de Rentas - Secretaría de Ingresos Públicos - Ministerio del Economía y Servicios Públicos, conforme a las razones expuestas en el considerando del presente instrumento legal.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el señor JULIO TANQUÍA, no adjuntó el Certificado de Aptitud Psico-Físico de Egreso.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Dib Ashur





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