RESOLUCIÓN N° 22/21
APRUEBA DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Y EJECUCIÓN DE TRABAJOS. ADICIONAL Nº 1. OBRA: REFUNCIONALIZACIÓN PARA AMPLIACIÓN DE UNIDAD DE TERAPIA INTENSIVA (UTI) - HOSPITAL DR. ARTURO OÑATIVIA - SALTA - CAPITAL.

Publicado en el Boletín N° 20952, el día 23 de Marzo de 2021.



SALTA, 17 de Marzo de 2021

RESOLUCIÓN Nº 22

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente Nº 76-238680/2020-7 Cpde. y agregados.

VISTO
la documentación técnica correspondiente al Adicional Nº 1, surgido en la obra “REFUNCIONALIZACIÓN PARA AMPLIACIÓN DE UNIDAD DE TERAPIA INTENSIVA (UTI) - HOSPITAL DR. ARTURO OÑATIVIA - SALTA - CAPITAL”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución Nº 90/2020 del Ministerio de Infraestructura, a la Empresa SALTAPOR SRL, por la suma de $ 67.608.002,65 (pesos sesenta y siete millones seiscientos ocho mil dos con 65/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de julio de 2020;

Que a fs. 01/03, la Inspección de Obra eleva a la Dirección de Obras de Salud de la SOP, el Adicional Nº 1 de la citada obra, informando que mediante Orden de Servicio Nº 02 (fs. 05/06) se solicitó a la contratista la evaluación económica de las tareas que conforman el mismo;

Que las tareas adicionales consisten en la refuncionalización del sector de enfermería y la ampliación del este de la sala para ubicar vestuarios y estar de enfermería, lo que permite liberar el espacio donde se reubicarán cuatro camas más en terapia intensiva;

Que en consecuencia, a fs. 05/16, la contratista presentó la documentación referente, cómputo y presupuesto, análisis de precios, plan de trabajo, Memoria descriptiva, y soporte magnético, correspondiente al mencionado Adicional;

Que a fs. 53/54, mediante Actuación Nº 87/21 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 55/56 el Dictamen Nº 60/21 y a fs. 57 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la razonabilidad de la cotización, la cual contiene una variación equivalente al 25,526 % del valor del contrato;

Que a fs. 58, la Dirección de Obras de Salud a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, manifiesta que el monto del adicional de referencia asciende a la suma total de $ 17.257.781,46 (pesos diecisiete millones doscientos cincuenta y siete mil setecientos ochenta y uno con 46/100), IVA incluido, a valores correspondiente al mes de julio de 2020;

Que a fs. 60, rola intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 63/66, la Oficina General de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 67/68, mediante Dictamen Nº 30/21, la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite;

Que a fs. 69, rola informe emitido por el Área Ambiental de la Secretaría de Obras Públicas;

Que a fs. 70, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 06/21;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 95 de la Ley Nº 8.072 y 128, inc. c) del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18,

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar la documentación técnica y la ejecución de los trabajos correspondientes al Adicional Nº 1, surgidos en la obra “REFUNCIONALIZACIÓN PARA AMPLIACIÓN DE UNIDAD DE TERAPIA INTENSIVA (UTI) - HOSPITAL DR. ARTURO OÑATIVIA - SALTA - CAPITAL”, adjudicada a la Empresa SALTAPOR SRL, que asciende a la suma de $ 17.257.781,46 (pesos diecisiete millones doscientos cincuenta y siete mil setecientos ochenta y uno con 46/100), IVA incluido, a valores correspondientes al mes de julio de 2020, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 10 (diez) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- Aprobar el Plan de Trabajos del mencionado Adicional, el que como Anexo forma parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3º.- Facultar a la Secretaría de Obras Públicas a suscribir el Contrato de Obra Pública - Adicional Nº 1 con la contratista SALTAPOR SRL, por el monto y condiciones indicadas en el artículo 1º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente, se imputará al Curso de Acción: 081017029701 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 658 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio 2021.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Camacho



VER ANEXO



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