RESOLUCIÓN N° 221/22
APRUEBA ADDENDA AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN Y FINANCIACIÓN. PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS DEFINITIVA Nº 1. OBRA: RED DOMICILIARIA DE AGUA POTABLE MISIÓN SANTA MARÍA - SANTA VICTORIA ESTE - DPTO. RIVADAVIA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21206, el día 06 de Abril de 2022.



SALTA, 30 de Marzo de 2022

RESOLUCIÓN Nº 221

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 52.729/21 - 16 Cpde. y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la Redeterminación de Precios Definitiva Nº 1 de la obra “RED DOMICILIARIA DE AGUA POTABLE MISIÓN SANTA MARÍA - SANTA VICTORIA ESTE - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la obra mencionada se ejecuta como parte de la operatoria del Convenio Marco de Asistencia Financiera celebrado entre el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA) y la Provincia de Salta -aprobado por Decreto Nº 808/2.020- y el Convenio Específico de Cooperación y Financiación para la ejecución de la misma, celebrado entre el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA) y la Secretaría de Obras Públicas por un monto de $ 18.912.122,49;

Que en consecuencia, mediante Resolución S.O.P. Nº 327/21 (fs. 84/85), se adjudica la ejecución de la obra mencionada a la empresa M.E.I. OBRAS Y SERVICIOS S.R.L., suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 18.912.122,49 (pesos dieciocho millones novecientos doce mil ciento veintidós con 49/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.021 (fs. 03/05);

Que a fs. 02/60, rola Nota de Pedido Nº 02 mediante la cual la contratista solicita la redeterminación de precios definitiva Nº 1 adjuntando la documentación correspondiente a los cálculos de variación de referencia y tablas de índices proporcionados por el INDEC, conforme al procedimiento aplicable según Decreto Nacional Nº 691/16 para el Régimen de Redeterminción de Precios de Contratos de Obras Públicas y de Consultoría de Obras Públicas;

Que habiendo intervenido el personal técnico de la Coordinación PROFESA, el Gerente General del ENOHSA, el Administrador del ENOHSA y la Asesoría Jurídica del ENOHSA, consideran que teniendo en cuenta la observación del desarrollo y realizada una comprobación de los cálculos, se verificó la exactitud de los mismos, por lo que no encuentran objeciones a la redeterminación solicitada, propiciando la realización de una Addenda a efectos de readecuar el monto del financiamiento;

Que en consecuencia, se procedió a la suscripción de la Addenda al Convenio Específico de Cooperación y Financiación para la ejecución de la presente obra entre el ENOHSA y la Secretaría de Obras Públicas de la Provincia de Salta (fs.66/68) a efectos de redeterminar el monto contractual en la suma total de $ 20.844.179,41 (pesos veinte millones ochocientos cuarenta y cuatro mil ciento setenta y nueve con 41/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.021, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Abril de 2.021 por la suma de $ 18.912.122,49 (pesos dieciocho millones novecientos doce mil ciento veintidós con 49/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Julio de 2.021 por la suma de $ 1.932.056,92 (pesos un millón novecientos treinta y dos mil cincuenta y seis con 92/100);

Que a fs. 63, rola intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 66/68, obra la Addenda al Convenio Específico de Cooperación y Financiación para la ejecución de la obra suscripta entre el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA) y la Secretaría de Obras Públicas, la cual contempla el reconocimiento de la presente redeterminación de precios y el consecuente incremento del monto contractual (9,72 %), en cumplimento de lo dispuesto por la cláusula décimo primera del Convenio Específico de Cooperación y Financiación para la ejecución de la obra (fs. 77/79);

Que a fs. 69/70, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 81/82, mediante Dictamen Nº 146/22 la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios definitiva Nº 1 solicitada;

Que a fs. 83, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 06/22;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 3 inc. g) de la Ley Nº 8.072, Convenio Marco de Asistencia Financiera celebrado entre el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA) y la Provincia de Salta -aprobado por Decreto Nº 808/2.020- y el Convenio Específico de Cooperación y Financiación para la ejecución de la obra celebrado entre el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA) y la Secretaría de Obras Públicas para la ejecución de la obra;

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar la Addenda al Convenio Específico de Cooperación y Financiación para la ejecución de la obra suscripta entre el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA) y la Secretaría de Obras Públicas, correspondiente al proceso de Redeterminación de Precios Definitiva Nº 1 de la obra “RED DOMICILIARIA DE AGUA POTABLE MISIÓN SANTA MARÍA - SANTA VICTORIA ESTE - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 327/21, a la contratista M.E.I. OBRAS Y SERVICIOS S.R.L.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 327/21, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 20.844.179,41 (pesos veinte millones ochocientos cuarenta y cuatro mil ciento setenta y nueve con 41/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.021, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Abril de 2.021 por la suma de $ 18.912.122,49 (pesos dieciocho millones novecientos doce mil ciento veintidós con 49/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Julio de 2.021 por la suma de $ 1.932.056,92 (pesos un millón novecientos treinta y dos mil cincuenta y seis con 92/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista M.E.I. OBRAS Y SERVICIOS S.R.L., por el monto dispuesto en el artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007147201 - Financiamiento: A.H. PROFESA (23121) - Proyecto: 880 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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