RESOLUCIÓN N° 223/22
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: ENCAUZAMIENTO ARROYO CUCHILLACO - ESC. Nº 4.573 - LOCALIDAD EL REFUGIO - MUNICIPIO DE SECLANTÁS - DPTO. MOLINOS - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21206, el día 06 de Abril de 2022.



SALTA, 30 de Marzo de 2022

RESOLUCIÓN Nº 223

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 34 - 35.229/21 - 0 y agregados.

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “ENCAUZAMIENTO ARROYO CUCHILLACO - ESC. 4.573 - LOCALIDAD EL REFUGIO - MUNICIPIO DE SECLANTÁS - DPTO. MOLINOS - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/13, interviene la Secretaría de Recursos Hídricos elevando el proyecto de la obra de referencia para realizar trabajos en forma conjunta con la Dirección de Vialidad de Salta, la cual a su vez informa que no cuenta con los equipos necesarios para las intervenciones que se requieren;

Que la presente contratación tiene por objeto la intervención y encauzamiento del Arroyo Cuchillaco, a fin de evitar problemas en épocas de crecidas del mismo, ya que el agua ingresa en la parte más baja del terreno de la Escuela Nº 4573 Dr. Joaquín Díaz Bedoya del Paraje El Refugio del Municipio de Seclantás y de las edificaciones de la zona, y comprende 26.666,67 m3 de excavación a máquina a cielo abierto para encauzamiento tipo media batea con apoyo manual, 80 m3 de gaviones de alambre galvanizado doble torsión, ,80 m2 de colchonetas de alambre galvanizado doble torsión, 200 m2 de provisión, transporte y colocación de geotextil de 150 gr/m2, 8.400 m3 de excavaciones a máquina en Río Luracatao y 200 m3 de ensanche de camino en Ruta Provincial Nº 56 en Abra Brealito con excavación con oruga de 1,5 m3 en roca, todo ello conforme al detalle de la Memoria Descriptiva de fs. 24/25 y de la documentación y especificaciones técnicas de fs. 34/42;

Que en virtud de ello, a fs. 23/42 la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P. confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 15.789.469,15 (pesos quince millones setecientos ochenta y nueve mil cuatrocientos sesenta y nueve con 15/100) IVA incluido, conforme a la Planilla de Cómputo y Presupuesto de fs. 26;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de ajuste alzado y con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Seclantás;

Que a fs. 45, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 50/53, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, en cumplimiento de la Resolución Nº 211/12 prorrogada por Resolución Nº 102 D/22 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 54/55 vta., rola Dictamen Nº 149/22 emitido por la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 56, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 154/22, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 57, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 87/22;

Que a fs. 59, rola la intervención de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 417/2.020 y las Resoluciones Nº 36/2.020 y 02/21 de la Secretaria de Procedimientos de Contrataciones, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el presente instrumento,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, para la obra “ENCAUZAMIENTO ARROYO CUCHILLACO - ESC. 4.573 - LOCALIDAD EL REFUGIO - MUNICIPIO DE SECLANTÁS - DPTO. MOLINOS - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 15.789.469,15 (pesos quince millones setecientos ochenta y nueve mil cuatrocientos sesenta y nueve con 15/100) IVA incluido, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de Seclantás.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de Seclantás, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007156801 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 622 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.022.

ARTICULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.





De la Fuente





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