RESOLUCIÓN N° 235/20
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 3. OBRA: REFACCIONES VARIAS ESCUELA Nº 7.401 - MARIANO CASTEX - SALTA - CAPITAL.

Publicado en el Boletín N° 20803, el día 18 de Agosto de 2020.



SALTA, 06 de Julio de 2020

RESOLUCIÓN Nº 235

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125-35.946/15 - Cpde. 34 y agregados.

VISTO
las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 3 de la obra “REFACCIONES VARIAS ESCUELA ESPECIAL Nº 7.401 - MARIANO CASTEX - SALTA - CAPITAL”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 527/18 a la empresa MELLE SRL, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 367.201,72 (pesos trescientos sesenta y siete mil doscientos uno con 72/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de junio de 2018 (fs. 12/14);

Que por Resolución S.O.P. Nº 596/19 (fs. 15), se aprobó el proceso de Redeterminación Nº 2, quedando establecido el último monto contractual en la suma total de $ 442.244,47 (pesos cuatrocientos cuarenta y dos mil doscientos cuarenta y cuatro con 47/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de diciembre de 2018;

Que a fs. 21, el Inspector de Obra de la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., consideró cumplidos los requisitos previstos por el Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 11, rola Nota de Pedido Nº 02 mediante la cual la contratista adhirió expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente, renunció a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asumió la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor del contrato o precio surgido de la última redeterminación, sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 25/26, mediante Actuación Nº 738/19 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 28/29 el Dictamen Nº 650/19 y a fs. 30 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 14,52 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de abril de 2019;

Que a fs. 32, la Dirección de Obras de Educación de esta Secretaría de Obras Públicas, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/2006, procedió a la realización del descuento del anticipo financiero redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 476.650,18 (pesos cuatrocientos setenta y seis mil seiscientos cincuenta con 18/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de abril de 2019, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de diciembre de 2018 por la suma de $ 442.244,47 (pesos cuatrocientos cuarenta y dos mil doscientos cuarenta y cuatro con 47/100) y de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de abril de 2019 por la suma de $ 34.405,71 (pesos treinta y cuatro mil cuatrocientos cinco con 71/100);

Que a fs. 35, rola intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 38, la Oficina General de Presupuesto y Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 42/43, mediante Dictamen Nº 349/2020 la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas toma la intervención correspondiente;

Que a fs. 44, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 110 de la Ley Nº 8.072, artículo 40 de la Ley Nº 6.838, artículo 44 de su Decreto Reglamentario Nº 1.448/96, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 3 de la obra “REFACCIONES VARIAS ESCUELA ESPECIAL Nº 7.401 - MARIANO CASTEX - SALTA - CAPITAL", adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 527/18, a la contratista MELLE SRL.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, redeterminado últimamente mediante Resolución S.O.P. Nº 596/19, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 476,650,18 (pesos cuatrocientos setenta y seis mil seiscientos cincuenta con 18/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de abril de 2019, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de diciembre de 2018 por la suma de $ 442.244,47 (pesos cuatrocientos cuarenta y dos mil doscientos cuarenta y cuatro con 47/100) y de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de abril de 2019 por la suma de $ 34.405,71 (pesos treinta y cuatro mil cuatrocientos cinco con 71/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista MELLE SRL, por el monto dispuesto en el artículo 2º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente  se  imputará  al  Curso de Acción: 071011005205 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 852 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2019.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente



VER ANEXO



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