RESOLUCIÓN N° 237/21
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 2 OBRA: CAMBIO DE CUBIERTAS Y REFACCIONES VARIAS - ESCUELA Nº 4.083 - SAN JOSÉ DE METÁN.

Publicado en el Boletín N° 20992, el día 20 de Mayo de 2021.



SALTA, 17 de Mayo de 2021

RESOLUCIÓN Nº 237

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125-147.121/12-30 Cpde. y agregados.

VISTO
las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 2 de la obra “CAMBIO DE CUBIERTAS Y REFACCIONES VARIAS - ESCUELA Nº 4.083 - MARCOS AVELLANEDA - SAN JOSE DE METÁN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución SOP Nº 425/19 (fs. 24/27) a la empresa MELLE SRL, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 5.286.674,65 (pesos cinco millones doscientos ochenta y seis mil seiscientos setenta y cuatro con 65/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de junio de 2019 (fs. 18/21);

Que por Resolución SOP Nº 174/2020 (fs. 28/30), se aprobó el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1, quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma total de $ 6.159.923,79 (pesos seis millones ciento cincuenta y nueve mil novecientos veintitrés con 79/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de septiembre de 2019 (fs. 31/32);

Que a fs. 39, el Inspector de Obra de la Dirección de Obras de Educación de la SOP, consideró cumplidos los requisitos previstos por el Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 17, rola Nota de Pedido Nº 2 mediante la cual la contratista adhirió expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente, renunció a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asumió la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor del contrato o precio surgido de la última redeterminación, sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 43, mediante Actuación Nº 207/20 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 44/45 el Dictamen Nº 160/20 y a fs. 46 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 9,93 % del valor del contrato y redeterminó el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de noviembre de 2019;

Que a fs. 47, la Dirección de Obras de Educación, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procedió a la realización del descuento del anticipo financiero redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 6.552.783,78 (pesos seis millones quinientos cincuenta y dos mil setecientos ochenta y tres con 78/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de noviembre de 2019, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de septiembre de 2019 por la suma de $ 6.159.923,79 (pesos seis millones ciento cincuenta y nueve mil novecientos veintitrés con 79/100) y de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de noviembre de 2019 por la suma de $ 392.859,99 (pesos trescientos noventa y dos mil ochocientos cincuenta y nueve con 99/100);

Que a fs. 50, rola intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 53/57, la Oficina General de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 58/59, mediante Dictamen Nº 71/21, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios requerida;

Que a fs. 60, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que les compete mediante Informe Nº 20/21;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 2 de la obra “CAMBIO DE CUBIERTAS Y REFACCIONES VARIAS - ESCUELA Nº 4.083 - MARCOS AVELLANEDA - SAN JOSE DE METÁN - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución SOP Nº 425/19, a la contratista MELLE SRL.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, redeterminado últimamente mediante Resolución SOP Nº 174/2020, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 6.552.783,78 (pesos seis millones quinientos cincuenta y dos mil setecientos ochenta y tres con 78/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de noviembre de 2019, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de septiembre de 2019 por la suma de $ 6.159.923,79 (pesos seis millones ciento cincuenta y nueve mil novecientos veintitrés con 79/100) y de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de noviembre de 2019 por la suma de $ 392.859,99 (pesos trescientos noventa y dos mil ochocientos cincuenta y nueve con 99/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista MELLE SRL, por el monto dispuesto en el artículo 2º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011005205 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 649 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2021.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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