RESOLUCIÓN N° 238/22
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: CONSTRUCCIÓN DE UN AULA EN E.E.T. Nº 3.142 - MONSEÑOR DIEGO G. PEDRAZA - DPTO. CAFAYATE - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21210, el día 12 de Abril de 2022.



SALTA, 06 de Abril de 2.022

RESOLUCIÓN Nº 238

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 67.268/22 - 0 y agregados.

VISTO el proyecto de legajo técnico elaborado por la Dirección de Obras de Educación para la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN DE UN AULA EN E.E.T. Nº 3.142 - MONSEÑOR DIEGO G. PEDRAZA - DPTO. CAFAYATE - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 02/03, rola la intervención del Área de Infraestructura y el Secretario de Adimistración y Control de Procesos del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, solicitando la construcción de aulas en distintas unidades educativas de la provincia, en razón de que debido a la pandemia, los alumnos matriculados en un período, pasaron al siguiente sin el desgranamiento habitiual, lo que se traduce en la necesidad de contar con más aulas;

Que la presente contratación tiene por objeto la construcción de un aula con galería y un patio en el área contigua al taller de la E.E.T. Nº 3.142 “Monseñor Diego G. Pedraza de la localidad de Cafayate, como así también un tramo de cerco perimetral con las mismas características del existente desde la nueva construcción del aula hasta el portón de ingreso, todo ello conforme al detalle de la Memoria Descriptiva de fs. 05/07 y de la documentación y especificaciones técnicas de fs. 25/36;

Que, en virtud de ello, a fs. 04/43 la Dirección de Obras de Educación, confeccionó el proyecto de Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 8.486.282,66 (pesos ocho millones cuatrocientos ochenta y seis mil doscientos ochenta y dos con 66/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.022, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 38/39;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Adjudicación Simple (artículo 14 de la Ley 8.072) con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 120 (ciento viente) días corridos;

Que a fs. 48, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realizando la imputación preventiva del gasto correspondiente;

Que a fs. 58, rola el informe Tecnico Ambiental Interno Nº 157/22 emitido por el Área Ambiental interna de la S.O.P.;

Que a fs. 63/66, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economia y Servicios Públicos en cumplimiento de la Resolcución Nº 211/12 prorrogada por Resolución Nº 102 D/22 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 67/68 vta., mediante Dictamen Nº 80/22, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite para el llamado a realizar el procedimiento de Adjudicación Simple;

Que a fs. 69, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención que le compete mediante informe Nº 96/22;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/2.018, Decreto Nº 417/2.020 y a las Resoluciones Nº 36/2.020 y 02/21 de la Secretaría de Contrataciones dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, corresponde dictar el presente instrumento;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico elaborado por la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P. que rola a fs. 04/43 de estas actuaciones, para la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN DE UN AULA EN E.E.T. Nº 3.142 - MONSEÑOR DIEGO G. PEDRAZA - DPTO. CAFAYATE - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 8.486.282,66 (pesos ocho millones cuatrocientos ochenta y seis mil doscientos ochenta y dos con 66/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.022 y con un plazo de ejecución de 120 (ciento viente) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- Disponer el llamado a Adjudicacion Simple para la ejecución de la obra mencionada en el artículo 1º de la presente resolución, autorizando a la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., para realizar todos los actos del proceso selectivo hasta la preadjudicación.

ARTÍCULO 3º.- Designar como integrantes de la Comisión de Preadjudicación para actuar en la presente contratación con las facultades previstas en el artículo 55 y concordantes del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, a las siguientes personas:

  • >Arq. María Graciela Vilariño, Directora Obras de Educacion de la S.O.P.

  • >>Arq. Emidio Posse, Jefe de Programa Obras de Educacion de la S.O.P.

  • >>>Arq. Francisco Borelli, Agente de la Dirección Obras de Educación de la S.O.P.

  • >>>>Dr. Rodrigo F. Catacata, Asesor Legal del Ministerio de Infraestructura.

  • >>>>>ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011005206 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 477 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio 2.022.

    ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial, en la página web de la Provincia y archivar.



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