RESOLUCIÓN N° 239/22
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: ENCAUZAMIENTO EN RÍO CALCHAQUI - SECTOR LAS VIÑAS - DPTO. SAN CARLOS - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21210, el día 12 de Abril de 2022.



SALTA, 06 de Abril de 2.022

RESOLUCIÓN Nº 239

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 386 - 253.580/21 - 0 y agregados.

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, para la ejecución de la obra: “ENCAUZAMIENTO EN RÍO CALCHAQUÍ - SECTOR LAS VIÑAS - DPTO. SAN CARLOS - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/09, el Sr. Intendente de la Municipalidad de San Carlos, eleva el anteproyecto elaborado, el cual fuera revisado por la Secretaría de Recursos Hídricos para que sea incluido en el Plan de Mínima 2.021 - 2.022 (fs. 13/14) y solicita la financiación para la ejecución de la obra mencionada;

Que la presente contratación tiene por objeto realizar el encauce en el tramo de Río Calchaquí, para proteger las fincas situadas en el margen oeste del mismo, en el sector Las Viñas, distante a 12 km de San Carlos por la Ruta Nacional Nº 40, e invluye la realización 650 mts. de refuerzo de cordón existente y 2.810 mts. de cordón con encauce tipo batea con una sección de 11,76 m2 y volumen de 33.045,60 m3, generando de esta forma un sector de principal circulación del agua y un terraplén de protección, conforme al detalle de la Memoria Descriptiva y documentación técnica de fs. 18/20;

Que, en virtud de ello, a fs. 17/29 la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la Secretaría de Obras Públicas confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 8.987.737,39 (pesos ocho millones novecientos ochenta y siete mil setecientos treinta siete con 39/100) IVA incluido, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 21;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de San Carlos;

Que a fs. 31 vta. y 32, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 37/40, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada mediante Resolución Nº 102 D/22 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 41/42 vta., rola Dictamen Nº 137/22 emitido por la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 43, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 128/22, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 44, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante informe Nº 34/22;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el presente instrumento,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, para la obra “ENCAUZAMIENTO EN RÍO CALCHAQUÍ - SECTOR LAS VIÑAS - DPTO. SAN CARLOS - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 8.987.737,39 (pesos ocho millones novecientos ochenta y siete mil setecientos treinta y siete con 39/100) IVA incluido, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de San Carlos.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de San Carlos, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución;

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007156801 - Proyecto: 622 - Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: Ley 27429 (295) - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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