RESOLUCIÓN N° 24/21
APRUEBA ACTA Nº 2 MODIFICATORIA Y BALANCES DE ECONOMÍAS Y DEMASÍAS DE LA OBRA: CAMINO DE LOS ARTESANOS, VIA CRUCIS Y CASA DE LA MAGIA. FIRMA CONTRATISTA INVLAC CONSTRUCCIONES SRL.

Publicado en el Boletín N° 20934, el día 26 de Febrero de 2021.



SALTA, 22 de Febrero de 2021

RESOLUCIÓN Nº 24

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

SECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y PLANIFICACIÓN FINANCIERA

Expte. Nº 272-89367/2019-7

VISTO
las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del Acta Nº 2 Modificatoria y Balances de Economías y Demasías de la Obra: “CAMINO DE LOS ARTESANOS, VIA CRUCIS Y CASA DE LA MAGIA”, que ejecuta la empresa INVLAC CONSTRUCCIONES SRL; y,

CONSIDERANDO:

Que la obra de referencia fue adjudicada a la contratista INVLAC CONSTRUCCIONES SRL mediante Resolución Interna Nº 88/2019 de la Secretaría de Financiamiento, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública en fecha 25/11/2019 por la suma de AR$ 26.956.470,26 (pesos Argentinos veintiséis millones novecientos cincuenta y seis mil cuatrocientos setenta con 26/100) a valores al mes de agosto/2019;

Que el mencionado Contrato de Obra fue aprobado por Resolución Nº 150D/2020 de la Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación;

Que las condiciones generales de contrato en su cláusula 38 establecen que si fuese necesario modificar el proyecto de las obras, la consecuente modificación del precio del contrato deberá hacerse, en el caso de tratarse de los rubros de obra existentes, en base a los precios contractuales. De corresponder, haciendo un balance de economías y demasías de obra originadas por el cambio de proyecto;

Que a fs. 1 mediante nota de fecha 14/10/2020 la Inspección de Obra pone a consideración la solicitud de la modificatoria y balance de economías y demasías de la obra para su Resolución aprobatoria;

Que a fs. 2/4 obra Acta Nº 2 del Cuadro Modificatoria de la Obra firmado por el Ing. Cesar Soto, como inspector de la obra, el Ing. Javier Issa como gerente de la obra y el Ing. Víctor Laconi, como representante técnico de la contratista, donde se detalla los trabajos que no se realizarán y los trabajos adicionales. Se acompaña planilla de economía y demasías de obra y análisis de precios correspondientes;

Que conforme se expresa en el acta suscripta las economías y demasías implican una compensación sin diferencia económica para ninguna de las partes respecto de los ítems incluidos;

Que por Actuación Nº 412/20 la Unidad Central de Contrataciones de este Ministerio de Economía y Servicios Públicos considera la razonabilidad de los precios de las modificaciones introducidas, en lo que respecta a las economías y demasías de la obra y manifiesta que el trámite se ajusta a la normativa vigente;

Que las actuaciones cuentan con los respectivos análisis de legalidad de los organismos que han intervenido y la Unidad de Sindicatura Interna de la Secretaría de Obras Publicas del Ministerio de Infraestructura emitió dictamen al respecto sin formular observaciones;

Que por Decreto Nº 752/20 de fecha 11 de noviembre de 2020, se delegó en el Ministerio de Economía y Servicios Públicos la competencia de gestionar financiamiento proveniente de organismos nacionales, organismos internacionales de crédito o estados extranjeros. Se modificó la denominación Secretaría de Planificación Financiera dependiente a del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, por la Secretaria de Financiamiento y Planificación Financiera. Por lo tanto se eliminó del ámbito de la Coordinación de Enlace y  Relaciones Políticas de la Gobernación, a la Subsecretaría de Financiamiento;

Que en este marco, se observa que el procedimiento correspondiente a la modificatoria y balance de economías y demasías, se efectuó cumpliendo con lo establecido en la Cláusula 38 de las condiciones generales del contrato, la normativa del BID y los art. 47 y 49 de la Ley Provincial Nº 8.072;

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Acta Nº 2 Modificatoria y Balances de Economías y Demasías de la obra “CAMINO DE LOS ARTESANOS, VIA CRUCIS Y CASA DE LA MAGIA” labrada en fecha 13/10/2020 entre la inspección de la obra y la firma contratista INVLAC CONSTRUCCIONES SRL.

ARTÍCULO 2º.- Autorizar a la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera a suscribir la Adenda correspondiente al Contrato de Obra celebrada con la firma contratista.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Dib Ashur


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