RESOLUCIÓN N° 242/21
APRUEBA DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Y EJECUCIÓN DE TRABAJOS. ADICIONAL Nº 1. OBRA: PAVIMENTO DE HORMIGÓN SIMPLE SOBRE CALLE BELGRANO - LAS LAJITAS - DPTO. ANTA.

Publicado en el Boletín N° 20995, el día 26 de Mayo de 2021.



SALTA, 18 de Mayo de 2021

RESOLUCIÓN Nº 242

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125-166.303/2020-18 Cde. y agregados.

VISTO
la documentación técnica correspondiente al Adicional Nº 1, surgido en la obra “PAVIMENTO DE HORMIGÓN SIMPLE SOBRE CALLE BELGRANO - LAS LAJITAS - DPTO. ANTA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución SOP Nº 257/2020 (fs. 52/53), se adjudicó la ejecución de la mencionada obra a la Municipalidad de Las Lajitas, suscribiéndose el Convenio de Obras Pública por la suma de $ 12.895.070,95 (pesos doce millones ochocientos noventa y cinco mil setenta con 95/100) IVA incluido (fs. 15/17);

Que a fs. 23 y 50, la Dirección de Obras Municipales eleva la documentación técnica del Adicional Nº 1 de la citada obra, con su cómputo y presupuesto, y plan de trabajos de las tareas que conforman el mismo, fundando las razones que ameritan su ejecución;

Que las tareas adicionales consisten en la incorporación de nuevos ítems, ya que al realizar la apertura de la caja de la obra básica se detectaron conexiones domiciliarias de agua y cloaca por encima del nivel reglamentario, como así también la corrección de la pendiente del cordón para el escurrimiento del agua;

Que a fs. 36, mediante Actuación Nº 159/21 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 37/38 el Dictamen Nº 102/21 y a fs. 39 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, informando que el Adicional Nº 1 asciende a la suma de $ 494.486,97 (pesos cuatrocientos noventa y cuatro mil cuatrocientos ochenta y seis con 97/100), cifra que representa una variación equivalente al 3,83 % del monto contractual básico;

Que a fs. 26, rola intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 31/34 y 44/46, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, toman la intervención en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada mediante Resolución Nº 27/21 y el Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 47/48, mediante Dictamen Nº 108/21, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación correspondiente;

Que a fs. 49, rola informe Técnico Ambiental Interno Nº 139/21 emitido por el Área Ambiental interna de la SOP;

Que a fs. 50, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 12/21;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 94 y 95 de la Ley Nº 8.072, artículo 128 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, artículo 11 del Pliego de Bases y Condiciones Generales aprobado por Resolución SOP Nº 216/19,

EL SECRETARIO DE OBRA PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar la documentación técnica y la ejecución de los trabajos correspondientes al Adicional Nº 1, surgidos en la obra “PAVIMENTO DE HORMIGÓN SIMPLE SOBRE CALLE BELGRANO - LAS LAJITAS - DPTO. ANTA - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada a la Municipalidad de Las Lajitas, que asciende a la suma de $ 494.486,97 (pesos cuatrocientos noventa y cuatro mil cuatrocientos ochenta y seis con 97/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de junio de 2020, con un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- Aprobar el Plan de Trabajos y Curva de Inversión del mencionado Adicional que rolan a fs. 50 de estas actuaciones, los que como Anexo forman parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública - Adicional Nº 1 con la Municipalidad de Las Lajitas, por el monto y condiciones indicadas en el artículo 1º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007019205 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 650 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2021.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente



VER ANEXO



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