RESOLUCIÓN N° 243/21
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 2 Y 3. OBRA: REFACCIONES VARIAS ESCUELA Nº 4.089 - LOCALIDAD ORÁN.

Publicado en el Boletín N° 20995, el día 26 de Mayo de 2021.



SALTA, 19 de Mayo de 2021

RESOLUCIÓN Nº 243

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125-116.067/19-18 Cde. y agregados.

VISTO
las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 2 y 3 de la obra “REFACCIONES VARIAS ESCUELA Nº 4.089 - GRAL. PIZARRO - LOCALIDAD ORÁN - DPTO. ORAN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución SOP Nº 524/19 a la empresa ADOBE CONSTRUCCIONES, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 2.690.859,88 (pesos dos millones seiscientos noventa mil ochocientos cincuenta y nueve con 88/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de julio de 2019 (fs. 19/21);

Que por Resolución SOP Nº 173/2020 (fs. 32/35), se aprobó el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1, quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 3.196.295,06 (pesos tres millones ciento noventa y seis mil doscientos noventa y cinco con 06/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de octubre de 2019 (fs. 36/37);

Que a fs. 38/39, el Inspector de Obra consideró cumplidos los requisitos previstos por el Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 18, rola Nota de Pedido Nº 03 mediante la cual la contratista adhirió expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente, renunció a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asumió la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor del contrato o precio surgido de la última redeterminación, sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 49, mediante Actuación Nº 200/2020 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 50/51 el Dictamen Nº 250/2020 y a fs. 52 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 5,28 % y 7,12 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de diciembre de 2019 y enero de 2020 respectivamente;

Que a fs. 53/54, la Dirección de Obras de Educación, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procedió a la realización del descuento del anticipo financiero redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 3.367.130,34 (pesos tres millones trescientos sesenta y siete mil ciento treinta con 34/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de enero de 2020, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de octubre de 2019 por la suma de $ 3.196.295,06 (pesos tres millones ciento noventa y seis mil doscientos noventa y cinco con 06/100), de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de diciembre de 2019 por la suma de $ 89.204,06 (pesos ochenta y nueve mil doscientos cuatro con 06/100) y de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de enero de 2020 por la suma de $ 81.631,22 (pesos ochenta y un mil seiscientos treinta y uno con 22/100);

Que a fs. 56/57, rola intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 60/62, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 63/65, mediante Dictamen Nº 118/21 la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación correspondiente;

Que a fs. 66, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que les compete mediante Informe Nº 26/21;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 2 y 3 de la obra “REFACCIONES VARIAS ESCUELA N° 4.089 - GRAL. PIZARRO - LOCALIDAD ORÁN - DPTO. ORAN - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución SOP Nº 524/19, a la contratista ADOBE CONSTRUCCIONES.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, redeterminado mediante Resolución SOP Nº 173/2020, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 3.367.130,34 (pesos tres millones trescientos sesenta y siete mil ciento treinta con 34/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de enero de 2020, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de octubre de 2019 por la suma de $ 3.196.295,06 (pesos tres millones ciento noventa y seis mil doscientos noventa y cinco con 06/100), de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de diciembre de 2019 por la suma de $ 89.204,06 (pesos ochenta y nueve mil doscientos cuatro con 06/100) y de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de enero de 2020 por la suma de $ 81.631,22 (pesos ochenta y un mil seiscientos treinta y uno con 22/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista ADOBE CONSTRUCCIONES, por el monto dispuesto en el artículo 2º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011005205 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 649 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2021.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





Responsive image Responsive image