RESOLUCIÓN N° 246/21
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: REFUNCIONALIZACIÓN DE ALUMBRADO PÚBLICO SOBRE AVENIDA SAN MARTÍN, AVENIDA ISLAS MALVINAS - MUNICIPIO URUNDEL - DPTO. ORÁN - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 20997, el día 28 de Mayo de 2021.



SALTA, 19 de Mayo de 2021

RESOLUCIÓN Nº 246

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125-75.812/21-0 y agregados.

VISTO
el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “REFUNCIONALIZACIÓN DE ALUMBRADO PÚBLICO SOBRE AVENIDA SAN MARTÍN, AVENIDA ISLAS MALVINAS - MUNICIPIO URUNDEL - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/12, el Sr. Intendente de la Municipalidad de Urundel eleva el anteproyecto y solicita financiación para la ejecución de la obra mencionada, la cual posibilitará readecuar el alumbrado público existente sobre las Avenidas San Martín e Islas Malvinas, cambiando artefactos con vapor de sodio y muchos de ellos inactivos por artefactos nuevos con tecnología a Led proporcionando mayor cantidad de luz, menor consumo y mayor vida útil;

Que la presente contratación tiene por objeto el reemplazo de la red de alumbrado público existente por artefactos LED, la provisión e instalación del nuevo cableado con sus correspondientes postes de suspensión y retención, y la provisión e instalación de nuevos tableros de comando y protección;

Que en virtud de ello, a fs. 17/24 la Dirección de Obras Municipales de la SOP confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 11.973.290,09 (pesos once millones novecientos setenta y tres mil doscientos noventa con 09/100) IVA incluido a valores de febrero de 2021;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Urundel;

Que a fs. 26, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 112/21, elaborado por el Área Ambiental de la SOP;

Que a fs. 29/30, intervienen favorablemente el Coordinador General de la SOP y el Sr. Secretario de Obras Públicas;

Que a fs. 31, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 36/39, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada mediante Resolución Nº 27/21 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 40/41, rola Dictamen Nº 136/21 emitido por la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada;

Que a fs. 42, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 115/21;

Que a fs. 43, toma intervención la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 417/2020 y de la Resolución Nº 36/2020 de la Secretaría de Contrataciones;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el presente instrumento,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “REFUNCIONALIZACIÓN DE ALUMBRADO PÚBLICO SOBRE AVENIDA SAN MARTÍN, AVENIDA ISLAS MALVINAS - MUNICIPIO URUNDEL - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 11.973.290,09 (pesos once millones novecientos setenta y tres mil doscientos noventa con 09/100) IVA incluido, con la modalidad de Ajuste Alzado, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente Resolución a la Municipalidad de Urundel.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de Urundel, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092008006301 - Proyecto: 688 - Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: FEDEI (20913) - Ejercicio: 2021.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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