RESOLUCIÓN N° 246/23
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: PERFORACIÓN DE POZO PROFUNDO - COMUNIDAD MECLE - SANTA VICTORIA ESTE - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21435, el día 21 de Marzo de 2023.



SALTA, 16 de marzo de 2023

RESOLUCIÓN Nº 246

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 4.242/23 - 0 y agregados.

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “PERFORACIÓN DE POZO PROFUNDO - COMUNIDAD MECLE - SANTA VICTORIA ESTE - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01, el Sr. Intendente de la Municipalidad de Santa Victoria Este solicita financiación para la ejecución de la obra mencionada, la cual posibilitará mejorar las condiciones de vida de la Comunidad Mecle, en razón a la sequía y emergencia hídrica que sufren los habitantes de la citada localidad;

Que la presente contratación tiene por objeto la realización de un pozo profundo con el objetivo de determinar el potencial hidrogeológico en la propiedad para la construcción de un pozo para la explotación del agua subterránea para consumo e incluye para la propuesta de captación la perforación exploratoria, el electroperfilaje, el análisis granulométrico, la reperforación, la entubación, los filtros, el engravado, la aislación, el desarrollo del pozo, los ensayos de bombeo, la provisión e instalación de una electro bomba sumergible, la determinación de los parámetros físico químicos del agua, y la provisión e instalación de la cañería de impulsión, todo ello conforme al detalle de la documentación técnica de fs. 05/100;

Que en virtud de ello, a fs.04/106, la Dirección de Obras Municipales de la S.O.P. confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 40.250.366,22 (pesos cuarenta millones doscientos cincuenta mil trescientos sesenta y seis con 22/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2022, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 100;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Santa Victoria Este;

Que a fs. 108, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 54/23, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 113, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que la obra se encuentra comprendida en las construcciones vinculadas a obras de agua y saneamiento, quedando exceptuada del requisito de la autorización del gasto por parte de la Secretaría de Finanzas, conforme le establece el art. 5º de la Resolución Nº 35/23 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

Que a fs. 117/118, rola Dictamen Nº 40/23 emitido por Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 119, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 38/23;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072 artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “PERFORACIÓN DE POZO PROFUNDO - COMUNIDAD MECLE - SANTA VICTORIA ESTE - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 40.250.366,22 (pesos cuarenta millones doscientos cincuenta mil trescientos sesenta y seis con 22/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2022, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de Santa Victoria Este.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Publica con la Municipalidad de Santa Victoria Este, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007019003 - Proyecto: 809 - Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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