RESOLUCIÓN N° 247/23
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 2. OBRA: REFACCIONES VARIAS EN EDIFICIOS DE DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS DE CASEROS Nº 670 - SALTA - CAPITAL.

Publicado en el Boletín N° 21438, el día 27 de Marzo de 2023.



SALTA, 16 de marzo de 2023

RESOLUCIÓN Nº 247

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 408 - 76.777/21 - Cpde. 19 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 2 de la Obra: “REFACCIONES VARIAS EN EDIFICIOS DE DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS DE CASEROS Nº 670 - SALTA - CAPITAL”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 537/21 a la empresa ALVAREZ CHAMON S.R.L., suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 4.092.441,77 (pesos cuatro millones noventa y dos mil cuatrocientos cuarenta y uno con 77/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.021 (fs. 02/04);

Que por Resolución S.O.P. Nº 532/22 (fs. 21/23), se aprueba el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1, quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 4.299.343,27 (pesos cuatro millones doscientos noventa y nueve mil trescientos cuarenta y tres con 27/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.021 (fs. 24);

Que a fs. 25, el Inspector de Obra de la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 05 rola Nota de Pedido Nº 01 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 33/34, mediante Actuación Nº 201/22 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 35/36 el Dictamen Nº 379/22 y a fs. 37 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 5,70 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Enero de 2.022;

Que a fs. 38, la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procedió a la realización del descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 4.316.004,16 (pesos cuatro millones trescientos dieciséis mil cuatro con 16/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.022, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.021 por la suma de $ 4.299.343,27 (pesos cuatro millones doscientos noventa y nueve mil trescientos cuarenta y tres con 27/100) y de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Enero de 2.022 por la suma de $ 16.660,89 (pesos dieciséis mil seiscientos sesenta con 89/100);

Que a fs. 42, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 45, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 46/47, mediante Dictamen Nº 24/23, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 48, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que les compete mediante Informe Nº 49/23;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 2 de la Obra: “REFACCIONES VARIAS EN EDIFICIOS DE DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS DE CASEROS Nº 670 - SALTA - CAPITAL”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 537/21 a la contratista ALVAREZ CHAMON S.R.L.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, redeterminado últimamente por Resolución S.O.P. Nº 532/22, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 4.316.004,16 (pesos cuatro millones trescientos dieciséis mil cuatro con 16/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.022, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.021 por la suma de $ 4.299.343,27 (pesos cuatro millones doscientos noventa y nueve mil trescientos cuarenta y tres con 27/100) y de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Enero de 2.022 por la suma de $ 16.660,89 (pesos dieciséis mil seiscientos sesenta con 89/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista ALVAREZ CHAMON S.R.L., por el monto dispuesto en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092005005401 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 813 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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