RESOLUCIÓN N° 258/23
DEJA SIN EECTO LA RESOLUCIÓN S.O.P. N° 837/22. OBRA: REMODELACIÓN CASA DE SALTA - CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Publicado en el Boletín N° 21440, el día 29 de Marzo de 2023.



SALTA, 23 de marzo de 2023

RESOLUCIÓN Nº 258

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 311 - 134.561/22 - 0 y agregados.

VISTO la Resolución S.O.P. Nº 837/22; y,

CONSIDERANDO:

Que a través del mencionado instrumento legal, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra “REMODELACIÓN CASA DE SALTA - CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - BUENOS AIRES”, con un presupuesto oficial de $ 48.123.661,26 (pesos cuarenta y ocho millones ciento veintitrés mil seiscientos sesenta y uno con 26/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022, con un plazo de ejecución de 150 (ciento cincuenta) días corridos, con la modalidad de Ajuste Alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 170/221, mediante Resolución Nº 131/22 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 222 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 223 en el Boletín Oficial, a fs. 224 en la página web
http://obraspublicas.salta.qob.ar. garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley Nº 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que a fs. 236 la Delegación de la Casa de Salta de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, toma intervención solicitando se deje sin efecto el proceso de contratación de la obra de referencia, atento la necesidad de evaluar la posible reformulación del proyecto;

Que a fs. 238/239, mediante Resolución Nº 135/22 la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, deja sin efecto el llamado a Adjudicación Simple Nº 101/22 correspondiente a la obra de referencia;

Que a fs. 246 se ha dado cumplimiento con la publicación del mencionado acto adminsitrativo en un diario de circulación local y a fs. 243 y vta. en el Boletín Oficial, a fs. 242 en la página web
http://obraspublicas.salta.gob.ar;

Que a fs. 261/262, mediante Dictamen Nº 32/23, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura toma la intervención correspondiente sin observaciones que formular para la continuidad del trámite para dejar sin efecto el llamado del procedimiento de Adjudicación Simple;

Que a fs. 262 vta., rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura;

Que a fs. 263, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 44/23;

Que tal como lo establece el artículo 37 de la Ley Nº 8.072,
“...las entidades mencionadas en el artículo 1º podrán dejar sin efecto los procedimientos indicados precedentemente hasta la instancia previa a la adjudicación, sin que ello otorgue derecho a la devolución de los gastos en que hubieren incurrido en la preparación de las ofertas, lucro cesante, ni derecho alguno a los interesados."

Que atento a las disposiciones contenidas por el artículo 37 de la Ley Nº 8.072 y artículo 7 del Decreto Nº 1.319/18, corresponde dictar el presente instrumento;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE

ARTÍCULO 1º.- Dejar sin efecto la Resolución S.O.P. Nº 837/22, por la cual se disponde el llamado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación para la ejecución de la obra “REMODELACIÓN CASA DE SALTA - CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - BUENOS AIRES”, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 2º.- Remitir copia de la presente al Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, para su conocimiento.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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