RESOLUCIÓN N° 260/22
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: REPARACIÓN DE PAVIMENTO ACCESO CAMPAMENTO VESPUCIO - MUNICIPIO GRAL. ENRIQUE MOSCONI - DPTO. GRAL. SAN MARTÍN - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21218, el día 26 de Abril de 2022.



SALTA, 19 de Abril de 2022

RESOLUCIÓN Nº 260

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 16.030/22 - 0 Cpde. y agregados.

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “REPARACIÓN DE PAVIMENTO ACCESO CAMPAMENTO VESPUCIO - MUNICIPIO GRAL. ENRIQUE MOSCONI - DPTO. GRAL. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/42, el Sr. Intendente de la Municipalidad de General Enrique Mosconi, eleva proyecto y solicita la financiación para la ejecución de la obra mencionada, la cual permitirá consolidar el acceso y egreso de la localidad de Campamento Vespucio que se encuentra con un grave deterioro, evitando posibles daños a los usuarios de la avenida;

Que la presente contratación tiene por objeto la reparación de un tramo de pavimento en el acceso al Bº Vespucio de la localidad de General Enrique Mosconi, conforme al detalle de la Memoria Descriptiva de fs. 02/03 y documentación técnica de fs. 12/42;

Que, en virtud de ello, a fs. 46/62 la Dirección de Obras Municipales de la Secretaría de Obras Públicas confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 945.108,39 (pesos novecientos cuarenta y cinco mil ciento ocho con 39/100) IVA incluido, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 47;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de General Enrique Mosconi;

Que a fs. 63, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 138/22, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 68, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 73/76, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada mediante Resolución Nº 102 D/22 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 77/78, rola Dictamen Nº 96/22 emitido por la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 79, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante informe Nº 47/22;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el presente instrumento,

EL SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “REPARACIÓN DE PAVIMENTO ACCESO CAMPAMENTO VESPUCIO - MUNICIPIO GRAL. ENRIQUE MOSCONI - DPTO. GRAL. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 945.108,39 (pesos novecientos cuarenta y cinco mil ciento ocho con 39/100) IVA incluido, con la modalidad de Ajuste Alzado, con un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos.

ARTICULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de General Enrique Mosconi.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de General Enrique Mosconi, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007176301 - Proyecto: 754 - Unidad Geográfica: 56 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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