RESOLUCIÓN N° 271/23
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO Y EL PROCESO SELECTIVO DE OBRA: NUEVA FUENTE DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE PARA LA LOCALIDAD DE GRAL. MOSCONI (POZO Nº 1) - (PRIMERA ETAPA EXPLORATORIA) - DPTO. SAN MARTIN - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21444, el día 04 de Abril de 2023.



SALTA, 27 de marzo de 2023

RESOLUCIÓN Nº 271

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 196.768/21 - Cpde. 2 y agregados.

VISTO el procedimiento de Contratación Abreviada Nº 03/23, llevado a cabo para la ejecución de la obra “NUEVA FUENTE DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE PARA LA LOCALIDAD DE GRAL. MOSCONI (POZO Nº 1) - (PRIMERA ETAPA EXPLORATORIA) - DPTO. SAN MARTIN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01, rola Nota de la Coordinación General de la S.O.P., planteando la imperiosa necesidad de la ejecución de la primera etapa de la obra mencionada, relacionada a la construcción de un pozo exploratorio de 300 m de profundidad para evaluar la disponibilidad de acuíferos en subsuelo, de manera de prospectar agua segura en cuanto al caudal y calidad, para luego -en una segunda etapa y de acuerdo a las interpretaciones evaluaciones resultantes de la etapa exploratoria-, poder proceder a continuar con el pozo de producción y las obras complementarias necesarias que permitan incrementar la oferta de agua a la población de la localidad de General Mosconi;

Que a fs. 03/56, rola el proyecto ejecutivo elaborado por la empresa Aguas del Norte - Co.S.A.y Sa. y a fs. 58/72, la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., elabora el Legajo Técnico e informa que la presente contratación contiene un presupuesto oficial de $ 19.529.581,50 (pesos diecinueve millones quinientos veintinueve mil quinientos ochenta y uno con 50/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.023, con un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos, con la modalidad de Ajuste Alzado y a realizarse por el procedimiento de Contratación Abreviada por razones de emergencia, previsto en el articulo 15 inc. i) de la Ley Nº 8.072 y artículo 22 apartado 2) del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que las razones de emergencia para efectuar la presente contratación se encuentran fundamentadas en la necesidad imperiosa de garantizar la provisión de agua potable a los habitantes de la localidad de General Mosconi, todo ello en el marco de la emergencia hídrica por falta de agua declarada mediante el dictado de la Ley Provincial Nº 8.355;

Que el artículo 6º de la Ley Nº 8.355 expresamente dispone que: ...
“Instruyase al Ministerio de Infraestructura; al Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable; al Ministerio de Economía y Servicios Públicos; al Ministerio de Desarrollo Social; al Ente Regulador de los Servicios Públicos; a la Secretaría de Recursos Hídricos ya la Subsecretaría de Defensa Civil, para que en el marco de sus competencias, arbitren los medios y ejecuten las acciones, por sí o instruyendo a los organismos descentralizados y/o empresas del Estado que fueren pertinentes, a los efectos de que se realicen las contrataciones de insumos, bienes, servicios, obras e infraestructuras necesarias para mitigar los efectos de la emergencia”

Que asimismo el artículo 7º de la citada norma dispone que... “Las erogaciones a que se refiere el presente instrumento realizadas en el marco de la situación de emergencia descripta anteriormente, quedan comprendidas en la norma de excepción del artículo 15, inciso i) de la Ley 8.072 de “Sistema de Contrataciones de la Provincia”;

Que a fs. 73, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 46/23 emitido por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 77, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que de conformidad a lo establecido por el artículo 5º de la Resolución Nº 35/23 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, la presente contratación se encuentra exceptuada del otorgamiento de la autorización por parte de la Secretaría de Finanzas;

Que a fs. 47/80, rola el Dictamen Nº 181/23 emitido por la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 581 la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 19/23;

Que a fs. 84/86, se ha dado cumplimiento con la debida invitación a cotizar la presente Contratación Abreviada, conforme a lo dispuesto por el artículo 22 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que conforme el Acta de Apertura de Sobres, de fecha 20 de Marzo de 2.023 (fs. 87), se presentó una única oferta de la empresa “M & A CONSTRUCCIONES de Andrea Natalia Hannach", por el monto y en las condiciones allí detalladas;

Que a fs. 94, rola el informe técnico elaborado por la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., el cual recomienda declarar admisible a la oferta presentada por la empresa “M & A CONSTRUCCIONES de Andrea Natalia Hannach", por cumplir con los requerimientos exigidos en el pliego, presentar los requisitos formales, cumplir con los requisitos técnicos constructivos, presentar su cotización y análisis de precios razonables, plan de trabajo y metodología coherentes y equipamiento suficiente;

Que en consecuencia, la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “M & A CONSTRUCCIONES de Andrea Natalia Hannach", en la suma de $ 20.999.550,00 (pesos veinte millones novecientos noventa y nueve mil quinientos cincuenta con 00/100) IVA incluido a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.023, que representa un 1,82 % superior al presupuesto oficial, con plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios y resultar conveniente a los intereses del Estado;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia en sus artículos 15 inc. i) de la Ley Nº 8.072 y artículo 22 apartado 2) del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que a fs. 97, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero realizando la imputación definitiva del gasto correspondiente;

Que a fs. 98/100, mediante Dictamen Nº 210/23, toma intervención la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación de la contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 100, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe Nº 26/23;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 15 inc. i) de la Ley Nº 8072 y artículos 22, apartado 29, 5, inciso B) apartado 7), 7 y 15 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Legajo Técnico y el proceso selectivo realizado por la Dirección de Infraestructura Social y Productiva para la ejecución de la obra “NUEVA FUENTE DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE PARA LA LOCALIDAD DE GRAL. MOSCONI (POZO Nº 1) - (PRIMERA ETAPA EXPLORATORIA) - DPTO. SAN MARTIN - PROVINCIA DE SALTA”, con presupuesto oficial de $ 19.529.581,50 (pesos diecinueve millones quinientos veintinueve mil quinientos ochenta y uno con 50/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.023, con un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos, por el procedimiento de Contratación Abreviada por razones de emergencia, en el marco del artículo 15 inc. i) de la Ley Nº 8.072 y 22 apartado 2) del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18.

ARTÍCULO 2º.- Declarar admisible a la oferta de la empresa “M & A CONSTRUCCIONES de Andrea Natalia Hannach”, por cumplir los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 3º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. i) de la Ley Nº 8.072 adjudicar a la empresa “M & A CONSTRUCCIONES de Andrea Natalia Hannach”, CUIT Nº 27-33500520-7, la ejecución de la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución, por un monto de $ 20.999.550,00 (pesos veinte millones novecientos noventa y nueve mil quinientos cincuenta con 00/100) IVA incluido a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.023, con un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos, contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por resultar conveniente a los intereses del Estado Provincial, conforme a los motivos indicados en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “M & A CONSTRUCCIONES de Andrea Natalia Hannach", por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5º.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley Nº 7.070, la empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007019003 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 809 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 7º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y en el sitio de internet de la Provincia y archivar.



De la Fuente





Responsive image Responsive image