RESOLUCIÓN N° 275/20
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO Y PROCESO SELECTIVO. OBRA: REFACCIONES VARIAS EN EDIFICIO BLOCK Nº 1 DEL CENTRO CÍVICO GRAND BOURG - SALTA - CAPITAL.

Publicado en el Boletín N° 20804, el día 19 de Agosto de 2020.



SALTA, 03 de Agosto de 2020

RESOLUCIÓN Nº 275

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125-75.209/2020 y agregados.

VISTO
el procedimiento de Contratación Abreviada llevado a cabo para la ejecución de la obra “REFACCIONES VARIAS EN EDIFICIO BLOCK Nº 1 DEL CENTRO CÍVICO GRAND BOURG - SALTA - CAPITAL”; y,

CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo informado por el Director General de Intendencia del Centro Cívico Grand Bourg (fs. 01) y lo ordenado por el Secretario de Obras Públicas (fs. 02/03), la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., elaboró el legajo técnico para la ejecución de la obra mencionada, con presupuesto oficial de $ 78.187,12 (pesos setenta y ocho mil ciento ochenta y siete con 12/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de abril de 2020 y un plazo de ejecución de 15 (quince) días corridos, mediante el procedimiento de Contratación Abreviada por razones de emergencia, previsto en el artículo 15 inc. i) de la Ley Nº 8.072 y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado (fs. 4/13);

Que la presente contratación tiene por objeto el cambio de cañerías de la red de agua, en el sector azotea del Block Nº 1 del Centro Cívico Grand Bourg, que nace en los tanques cisternas y llega al otro extremo del edificio donde están ubicados los sanitarios, comprendiendo la provisión e instalación de cañería tipo H-3 Tricapa de 25 mm2 en dos tramos, la provisión y colocación de grifería para 2 migitorios temporizadas tipo prismatic en sanitarios para varones en baño de varones de la Secretaría de Obras Públicas, el pintado del cielorrasos de la oficina ubicada en el block Nº 1 y la limpieza de obra;

Que las razones de emergencia para efectuar la presente contratación se encuentran fundamentadas debido a que debe garantizarse la provisión de agua en los sanitarios del edificio del Ministerio de Infraestructura, lo que resulta especialmente urgente atento al estado de emergencia sanitaria vigente;

Que a fs. 24/27, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 1º de la Resolución Nº 211/12 (prorrogada por Resolución Nº 14/2020) del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

Que a fs. 30, 41 y 50, se ha dado cumplimiento con las debidas invitaciones del llamado a Contratación Abreviada, conforme a lo dispuesto por el artículo 22 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que en consecuencia, presentaron sus ofertas 3 (tres) empresas: “ING. EVERARDO G. BENAVIDEZ”, “ING. MIGUEL A. CASTAÑEDA” y “WICO DESARROLLOS S.R.L”, (fs. 31/40, 42/49 y 51/58);

Que a fs. 59, rola el Informe Técnico elaborado por la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, el cual declara admisibles todas las ofertas presentadas y recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “ING. EVERARDO G. BENAVIDEZ”, en la suma de $ 82.040,00 (pesos ochenta y dos mil cuarenta con 00/100) IVA incluido, que representa un 2,3 % superior al presupuesto oficial, con plazo de ejecución de 15 (quince) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente a los intereses del Estado;

Que a fs. 60/61, rola la intervención de la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, mediante Dictamen Nº 95/2020;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia en sus artículos 15, inc. i de la Ley Nº 8.072 y del artículo 22 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que a fs. 62, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 63, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 15 inc. i) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 15 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º- Aprobar el Legajo Técnico y el proceso selectivo realizado por la Dirección de Infraestructura Social y Productiva para la ejecución de la obra “REFACCIONES VARIAS EN EDIFICIO BLOCK Nº 1 DEL CENTRO CÍVICO GRAND BOURG - SALTA - CAPITAL”, con un presupuesto oficial de $ 78.187,12 (pesos setenta y ocho mil ciento ochenta y siete con 12/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de abril de 2020 y un plazo de ejecución de 15 (quince) días corridos, por el procedimiento de Contratación Abreviada por razones de emergencia, en el marco del artículo 15 inc. i) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2º.- Declarar admisibles las ofertas de las empresas “ING. EVERARDO G. BENAVIDEZ”, “ING. MIGUEL A. CASTAÑEDA” y “WICO DESARROLLOS S.R.L”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 3º.- Adjudicar a la empresa “ING. EVERARDO G. BENAVIDEZ”, la ejecución de la obra mencionada en el artículo primero de esta Resolución, por un monto de $ 82.040,00 (pesos ochenta y dos mil cuarenta con 00/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de junio de 2020, con un plazo de ejecución de 15 (quince) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inciso i) de la Ley Nº 8.072, por resultar la más conveniente conforme a los motivos indicados en los considerandos de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “ING. EVERARDO G. BENAVIDEZ”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007019205 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 103 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio 2020.

ARTÍCULO 6º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y en el sitio de internet de la Provincia y archivar.



De la Fuente





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