RESOLUCIÓN N° 278/20
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO Y PROCESO SELECTIVO. OBRA: REFUERZO LOSAS, SUBSUELO Y REFACCIONES ESCUELA HOGAR Nº 4.660 - ESCUELA CARMEN PUCH DE GÜEMES - SALTA - CAPITAL.

Publicado en el Boletín N° 20804, el día 19 de Agosto de 2020.



SALTA, 05 de Agosto de 2020

RESOLUCIÓN Nº 278

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 159-172.884/15 y agregados.

VISTO
el procedimiento de Contratación Abreviada Nº 11/2020, llevado a cabo para la ejecución de la obra “REFUERZO LOSAS, SUBSUELO Y REFACCIONES ESCUELA HOGAR Nº 4.660 - CARMEN PUCH DE GÜEMES - SALTA CAPITAL”; y,

CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo solicitado por el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P. elaboró el legajo técnico para la ejecución de la obra mencionada, con presupuesto oficial de $ 6.821.589,07 (pesos seis millones ochocientos veintiún mil quinientos ochenta y nueve con 07/100) IVA incluido, a valores de noviembre de 2019, un plazo de ejecución de 150 (ciento cincuenta) días corridos, mediante el procedimiento de Contratación Abreviada por razones de emergencia, previsto en el artículo 15 inc. i) de la Ley Nº 8.072 y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado (fs. 161/192);

Que las razones de emergencia para efectuar la presente contratación se encuentran fundamentadas debido a que las refacciones estipuladas resultan prioritarias para garantizar el desarrollo de clases en el periodo 2020, por lo que resulta conveniente acudir a un proceso selectivo de excepción para acortar los plazos de la tramitación de los demás procedimientos ordinarios y poder iniciar los trabajos inmediatamente;

Que la presente contratación tiene por objeto: El refuerzo de losas del subsuelo, con la reconstrucción de revoques en mal estado en el subsuelo y en núcleos sanitarios de pabellones “C” y “D”; El reemplazo de la base sanitaria en los núcleos sanitarios de pabellones “C” y “D” y en los baños de personal en la zona de taller-máquinas y cocina; El reemplazo de toda la cañería de desagües cloacales, de todas las descargas a la vista en circulación técnica y recámaras, de subsuelo; El traslado de bombas de cisterna al subsuelo y la provisión y colocación de 6 (seis) nuevas bombas; El cambio del termotanque del pabellón “D”; La protección reglamentaria de la cañería de gas existente en el subsuelo bajo taller-máquinas; La ejecución de nuevos contrapisos y pisos en núcleos sanitarios de pabellones "C” y “D”; y, la pintura de los sectores a intervenir;

Que a fs. 145/147 rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y a fs. 148 de la Secretaría de Finanzas, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 1º de la Resolución Nº 211/12 (prorrogada por Resolución Nº 14/2020 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

Que según constancias de fs. 155/157, se ha dado cumplimiento con las debidas invitaciones del llamado a Contratación Abreviada, conforme a lo dispuesto por el artículo 22 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que en consecuencia, presentaron sus ofertas 15 (quince) empresas: “ROVIRA, DIEGO FRANCISCO”, “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, “ING JULIO E. ROCHA CONSTRUCCIONES”, “ROMANO CONSTRUCCIONES", “SILIOTTO S.R.L.”, “MBTB S.A.S.”, “CYL S.R.L.”, “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.”, “TRESING S.R.L.”, “M.B. CONSTRUCCIONES”, “PACHECO TORRES, ALAN FABIO”, “PUENTES, GUILLERMO ALBERTO”, “NORTE ARIDOS S.R.L.”, “SERVIOBRAS S.R.L.”, y “ADOBE CONSTRUCCIONES” (fs. 203/621);

Que a fs. 635/638, rola el Informe Técnico elaborado por la Dirección de Obras de Educación, el cual declara inadmisibles, por incumplimiento a los requisitos dispuestos por el artículo 8º del Pliego de Condiciones Particulares, a las ofertas presentadas por las empresas: “ROMANO CONSTRUCCIONES” (art. 8 inc. c), “CYL S.R.L.” (art. 8 incs. c y f), “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.” (art. 8 inc. c), “M.B. CONSTRUCCIONES” (art. 8 inc. c), “PACHECO TORRES, ALAN FABIO” (art. 8 incs. b y e), y “ADOBE CONSTRUCCIONES” (art. 8 inc. c), respectivamente;

Que asimismo, se rechaza la oferta de la empresa “ALVAREZ CHAMON S.R.L.” por incumplimiento a los requisitos dispuestos por los artículos 10º y 14 inc. 2) del Pliego de Condiciones Particulares, debido a que en la cotización del rubro “Instalaciones Sanitarias”, ítem “Reemplazo des. Ø 110 por PVC (acuaduct o similar), acc. y soportes”, los metros lineales propuestos no cumplen con lo requerido en el Pliego de Especificaciones Técnicas;

Que en consecuencia, se recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “ING. JULIO E. ROCHA CONSTRUCCIONES”, en la suma de $ 4.450.238,49 (pesos cuatro millones cuatrocientos cincuenta mil doscientos treinta y ocho con 49/100) IVA incluido, que representa un 42,95 % inferior al presupuesto oficial actualizado, con plazo de ejecución de 150 (ciento cincuenta) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente a los intereses del Estado, por aplicación de los criterios dispuestos por el artículo 14º del Pliego de Condiciones Particulares;

Que según constancias de fs. 640/655, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a todos los oferentes;

Que a fs. 657/665, la empresa “NORTE ÁRIDOS S.R.L.”, efectúa una presentación, informando falencias detectadas en las ofertas presentadas por los demás oferentes;

Que a fs. 668/669, obra un nuevo Informe elaborado por la Dirección de Obras de Educación, mediante el cual se informa que no se encuentran falencias técnicas en los análisis de precios de la oferta de la empresa “ING JULIO E. ROCHA CONSTRUCCIONES” y se ratifica el informe de preadjudicación;

Que a fs. 670/671, rola la intervención de la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas mediante Dictamen Nº 392/2020;

Que a fs. 672, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 673, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 15 inc. i) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 15 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Legajo Técnico y el proceso selectivo realizado por la Dirección de Obras de Educación para la ejecución de la obra “REFUERZO LOSAS, SUBSUELO Y REFACCIONES ESCUELA HOGAR Nº 4.660 - CARMEN PUCH DE GÜEMES - SALTA CAPITAL", con presupuesto oficial de $ 6.821.589,07 (pesos seis millones ochocientos veintiún mil quinientos ochenta y nueve con 07/100) IVA incluido, a valores de noviembre de 2019 y un plazo de ejecución de 150 (ciento cincuenta) días corridos, por el procedimiento de Contratación Abreviada Nº 10/2020 por razones de emergencia, en el marco del artículo 15 inc. i) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2º.- Desestimar por inadmisibles las ofertas de las empresas: “ALVAREZ CHAMÓN S.R.L.”, “ROMANO CONSTRUCCIONES”, “CYL S.R.L.”, “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.”, “M.B. CONSTRUCCIONES", “PACHECO TORRES, ALAN FABIO”, y “ADOBE CONSTRUCCIONES’’, por incumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 8º, 10º y 14º del Pliego de Condiciones Particulares, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3º.- Declarar admisibles las ofertas de las empresas: “ROVIRA, DIEGO FRANCISCO”, “ING JULIO E. ROCHA CONSTRUCCIONES”, “SILIOTTO S.R.L.”, “MBTB S.A.S.”, “TRESING S.R.L.”, “PUENTES, GUILLERMO ALBERTO”, “NORTE ARIDOS S.R.L.” y “SERVIOBRAS S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 4º.- Adjudicar a la empresa “ING. JULIO E. ROCHA CONSTRUCCIONES”, CUIT Nº 20-13016254-2, la ejecución de la obra mencionada en el artículo primero de esta resolución, por un monto de $ 4.450.238,49 (pesos cuatro millones cuatrocientos cincuenta mil doscientos treinta y ocho con 49/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de mayo de 2020, con un plazo de ejecución de 150 (ciento cincuenta) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inciso i) de la Ley Nº 8.072, por resultar la más conveniente conforme a los motivos indicados en los considerandos de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “ING JULIO E. ROCHA CONSTRUCCIONES”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011005205 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 118 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio 2020.

ARTÍCULO 7º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y en el sitio de internet de la Provincia y archivar.



De la Fuente





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