RESOLUCIÓN N° 288/21
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 1. ADICIONAL Nº 1. OBRA: REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.420 - PARAJE LAGUNA VERDE - LOCALIDAD DE LAS LAJITAS - DPTO. ANTA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21017, el día 28 de Junio de 2021.



SALTA, 23 de Junio de 2021

RESOLUCIÓN Nº 288

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 159-265.154/17-24 Cpde. y agregados.

VISTO
las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 del Adicional Nº 1 de la obra “REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.420 - MAESTRO RURAL ARGENTINO - PARAJE LAGUNA VERDE - LOCALIDAD DE LAS LAJITAS - DPTO. ANTA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución SOP Nº 245/19 (fs. 40/41) a la Empresa ING. JULIO E. ROCHA CONSTRUCCIONES, encontrándose aprobado el Adicional Nº 1, por su similar Nº 406/2020 (fs. 36), por la suma de $ 186.696,88 (pesos ciento ochenta y seis mil seiscientos noventa y seis con 88/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de abril de 2019 (fs. 12/13);

Que a fs. 21, el Inspector de Obra de la Dirección de Obras de Educación de la SOP, considera cumplidos los requisitos previstos por el Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 11, rola Nota de Pedido Nº 01, mediante la cual la contratista adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente, renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5 % del valor del contrato o precio surgido de la última redeterminación, sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 23, mediante Actuación Nº 154/21 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 24/25 el Dictamen Nº 106/21 y a fs. 26 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 105,47 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de diciembre de 2020;

Que a fs. 28, la Dirección de Obras de Educación, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procedió a redeterminar el monto contractual en la suma total de $ 383.612,81 (pesos trescientos ochenta y tres mil seiscientos doce con 81/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de diciembre de 2020, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de abril de 2019 por la suma de $ 186.696,88 (pesos ciento ochenta y seis mil seiscientos noventa y seis con 88/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de diciembre de 2020 por la suma de $ 196.915,93 (pesos ciento noventa y seis mil novecientos quince con 93/100);

Que a fs. 30, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 33/35, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, toman la intervención correspondiente en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 37/38, mediante Dictamen Nº 299 la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 40, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que les compete mediante Informe Nº 50/21;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 110 de la Ley Nº 8.072, artículo 40 de la Ley Nº 6.838, artículo 44 de su Decreto Reglamentario Nº 1.448/96, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 del Adicional Nº 1 de la obra “REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.420 - MAESTRO RURAL ARGENTINO - PARAJE LAGUNA VERDE - LOCALIDAD DE LAS LAJITAS DPTO. ANTA - PROVINCIA DE SALTA”, que ejecuta la contratista ING. JULIO E. ROCHA CONSTRUCCIONES.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública del Adicional Nº 1, aprobado mediante Resolución SOP Nº 406/2020, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 383.612,81 (pesos trescientos ochenta y tres mil seiscientos doce con 81/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de diciembre de 2020, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de abril de 2019 por la suma de $ 186.696,88 (pesos ciento ochenta y seis mil seiscientos noventa y seis con 88/100) y de la actualización N° 1 a valores correspondientes al mes de diciembre de 2020 por la suma de $ 196.915,93 (pesos ciento noventa y seis mil novecientos quince con 93/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato Adicional Nº 1 mencionado con la contratista ING. JULIO E. ROCHA CONSTRUCCIONES, por el monto dispuesto en el artículo 2º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 0710110005205 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 649 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2021.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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