RESOLUCIÓN N° 288/23
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 1. OBRA: EMPEDRADO SANTA VICTORIA OESTE - DPTO. SANTA VICTORIA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21447, el día 11 de Abril de 2023.



SALTA, 03 de abril de 2023

RESOLUCIÓN Nº 288

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 202.391 /21 - Cpde. 12 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la Obra: “EMPEDRADO SANTA VICTORIA OESTE - DPTO. SANTA VICTORIA - PROVINCIA DE SALTA”, y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 219/22 (fs. 45/47) a la empresa ROJO CONSTRUCTORA S.R.L., suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 16.989.232,61 (pesos dieciséis millones novecientos ochenta y nueve mil doscientos treinta y dos con 61/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.022;

Que a fs. 22, el Inspector de Obra de la Dirección de Infraestructura, Social y Productiva de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 10, rola Nota de Pedido Nº2 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 24, mediante Actuación Nº 147/22 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 26/27 el Dictamen Nº 325/22 y a fs. 28 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 10,16 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los mes de Abril de 2022;

Que a fs. 29, la Dirección de Infraestructura, Social y Productiva de la S.O.P, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procedió a redeterminar el monto contractual en la suma total de $ 18.715.047,84 (pesos dieciocho millones setecientos quince mil cuarenta y siete con 84/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.022, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.022 por la suma de $ 16.989.232,61 (pesos dieciséis millones novecientos ochenta y nueve mil doscientos treinta y dos con 61/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Abril de 2.022 por la suma de $ 1.725.815,23 (pesos un millón setecientos veinticinco mil ochocientos quince con 23/100);

Que a fs. 36, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 41/42, mediante Dictamen Nº 138/23, la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 43, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 36/23;

Que a fs. 44, rola intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la Obra: “EMPEDRADO SANTA VICTORIA OESTE - DPTO. SANTA VICTORIA - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 219/22, a la contratista ROJO CONSTRUCTORA S.R.L.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 219/22, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 18.715.047,84 (pesos dieciocho millones setecientos quince mil cuarenta y siete con 03/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.022, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.022 por la suma de $ 16.989.232,61 (pesos dieciséis millones novecientos ochenta y nueve mil doscientos treinta y dos con 61/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Abril de 2.022 por la suma de $ 1.725.815,23 (pesos un millón setecientos veinticinco mil ochocientos quince con 23/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista ROJO CONSTRUCTORA S.R.L., por el monto dispuesto en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007162001 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 647 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.023.

ARTICULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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