RESOLUCIÓN N° 289/21
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 1. OBRA: REFUERZO LOSAS, SUBSUELO Y REFACCIONES ESCUELA HOGAR Nº 4.660 - SALTA - CAPITAL.

Publicado en el Boletín N° 21018, el día 29 de Junio de 2021.



SALTA, 24 de Junio de 2021

RESOLUCIÓN Nº 289

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 159-172.884/2015-19 Cpde. y agregados.

VISTO
las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la obra “REFUERZO LOSAS, SUBSUELO Y REFACCIONES ESCUELA HOGAR Nº 4.660 - CARMEN PUCH DE GÜEMES - SALTA - CAPITAL”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución SOP Nº 278/2020 (rectificada por su similar Nº 405/2020) (fs. 63/66) a la empresa ING. JULIO E. ROCHA CONSTRUCCIONES, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 4.450.328,49 (pesos cuatro millones cuatrocientos cincuenta mil trescientos veintiocho con 49/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de mayo de 2020 (fs. 19/21 y 45);

Que a fs. 42, el Inspector de Obra de la Dirección de Obras de Educación de la SOP, considera cumplidos los requisitos previstos por el Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 18, rola Nota de Pedido Nº 01, mediante la cual la contratista adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente, renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5 % del valor del contrato o precio surgido de la última redeterminación, sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 47, mediante Actuación Nº 382/2020 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 48/49 el Dictamen Nº 389/2020 y a fs. 50 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 8,28 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de agosto de 2020;

Que a fs. 51, la Dirección de Obras de Educación, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, informa que no corresponde el descuento proporcional del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 4.818.622,53 (pesos cuatro millones ochocientos dieciocho mil seiscientos veintidós con 53/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de agosto de 2020, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de mayo de 2020 por la suma de $ 4.450.328,49 (pesos cuatro millones cuatrocientos cincuenta mil trescientos veintiocho con 49/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de agosto de 2020 por la suma de $ 368.294,04 (pesos trescientos sesenta y ocho mil doscientos noventa y cuatro con 04/100);

Que a fs. 54, rola intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 57/59, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 60/61, mediante Dictamen Nº 154/21 la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios requerida;

Que a fs. 62, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que les compete mediante Informe Nº 38/21;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la obra “REFUERZO LOSAS, SUBSUELO Y REFACCIONES ESCUELA HOGAR Nº 4.660 - CARMEN PUCH DE GÜEMES - SALTA - CAPITAL”, adjudicada por Resolución SOP Nº 278/2020 (rectificada por su similar Nº 405/2020), a la contratista ING. JULIO E. ROCHA CONSTRUCCIONES.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, aprobado mediante Resolución SOP Nº 278/2020, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 4.818.622,53 (pesos cuatro millones ochocientos dieciocho mil seiscientos veintidós con 53/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de agosto de 2020, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de mayo de 2020 por la suma de $ 4.450.328,49 (pesos cuatro millones cuatrocientos cincuenta mil trescientos veintiocho con 49/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de agosto de 2020 por la suma de $ 368.294,04 (pesos trescientos sesenta y ocho mil doscientos noventa y cuatro con 04/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista ING. JULIO E. ROCHA CONSTRUCCIONES, por el monto dispuesto en el artículo 2º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011053504 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 248 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio: 2021.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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