RESOLUCIÓN N° 290/23
DEJA SIN EECTO EL ARTÍCULO 4º DE LA RESOLUCIÓN S.O.P. N° 954/22. OBRA: NORMALIZACIÓN DE LA INSTALACION ELÉCTRICA HOGAR SAN RAFAEL ARCÁNGEL - DPTO. CERRILLOS - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21447, el día 11 de Abril de 2023.



SALTA, 03 de abril de 2023

RESOLUCIÓN Nº 290

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 196.837/22 - 0 y agregados.

VISTO la Resolución S.O.P. Nº 954/22; y,

CONSIDERANDO:

Que a través del mencionado instrumento legal, se declara fracasado el proceso selectivo de Adjudicacion Simple Nº 81/22 para la ejecución de la obra “NORMALIZACIÓN DE LA INSTALACION ELÉCTRICA HOGAR SAN RAFAEL ARCÁNGEL - CERRILLOS - DPTO. CERRILLOS - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 2.603.607,48 (pesos dos millones seiscientos tres mil seiscientos siete con 48/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.022, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos, mediante el procedimiento de Adjudicación Simple con la modalidad de Ajuste Alzado y se autoriza a la Direccion de Obras de Salud de la Secretaría de Obras Públicas a llevar adelante una contratación de manera directa para dicha obra, en el marco de lo dispuesto por el artículo 14, último párrafo de la Ley Nº 8.072;

Que a fs. 168/169, rolan las constancias de las notificaciones del mencionado instrumento a los oferentes, sin que se presenten impugnaciones al mismo;

Que a fs. 171 la Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., informa que al observarse nuevas necesidades referidas a la instalación sanitaria del edificio a intervenir, resulta necesario reformular el proyecto ejecutivo correspondiente, por lo que recomienda dejar sin efecto el artículo 4º de la Resolución Nº 954/22;

Que a fs. 173/174, mediante Dictamen Nº 39/23 la Direccion de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura. toma la intervención correspondiente sin observaciones que formular para la continuidad del trámite para dejar sin efecto el articulo 4º de la resolución de referencia;

Que a fs. 174 vta., rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura;

Que a fs. 175, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 47/23;

Que tal como lo establece el artículo 37 de la Ley Nº 8.072, “…
las entidades mencionadas en el artículo 1° podrán dejar sin efecto los procedimientos indicados precedentemente hasta la instancia previa a la adjudicación, sin que ello otorgue derecho a la devolución de los gastos en que hubieren incurrido en la preparación de las ofertas, lucro cesante, ni derecho alguno a los interesados.”;

Que atento a las disposiciones contenidas por el artículo 37 de la Ley Nº 8.072 y artículo 7 del Decreto Nº 1.319/18, corresponde dictar el presente instrumento;



Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

REUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Dejar sin efecto el Artículo 4º de la Resolución S.O.P. Nº 954/22, por la cual se autoriza a la Direccion de Obras de Salud a realizar los trámites para contratar de manera directa la obra: “NORMALIZACIÓN DE LA INSTALACION ELÉCTRICA HOGAR SAN RAFAEL ARCÁNGEL - CERRILLOS - DPTO. CERRILLOS - PROVINCIA DE SALTA”, en el marco de lo dispuesto por el artículo 14, ultimo párrafo de la Ley 8.072, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución, correspondiendo reformular el respectivo legajo técnico para que se realice un nuevo proceso selectivo de Adjudicación Simple para la contratación de la misma.

ARTÍCULO 2º.- Remitir copia de la presente al Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, para su conocimiento.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente









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