RESOLUCIÓN N° 294/23
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 1. OBRA: HABILITACIÓN DE LAS NUEVAS REDES DE PEAD DE CIUDAD DEL MILAGRO - OBRAS COMPLEMENTARIAS - SALTA - CAPITAL.

Publicado en el Boletín N° 21447, el día 11 de Abril de 2023.



SALTA, 03 de abril de 2023

RESOLUCIÓN Nº 294

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 386 - 200.361/21 - Cpde. 13 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la Obra: “HABILITACIÓN DE LAS NUEVAS REDES DE PEAD DE CIUDAD DEL MILAGRO - OBRAS COMPLEMENTARIAS - SALTA - CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 342/22 (fs. 52/54) a la firma DIEGO DAVID FRANCO VIVEROS, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 6.456.063,07 (pesos seis millones cuatrocientos cincuenta y seis mil sesenta y tres con 07/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022 (fs. 04/05);

Que a fs. 01, el Inspector de Obra de la Dirección de Infraestructura, Social y Productiva de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 03, rola Nota de Pedido Nº 2 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 35, mediante Actuación Nº 243/22 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 36/37 el Dictamen Nº 470/22 y a fs. 38 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 22,29% del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Julio de 2022;

Que a fs. 39, la Dirección de Infraestructura, Social y Productiva de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a la realización del descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 7.607.556,73 (pesos siete millones seiscientos siete mil quinientos cincuenta y seis con 73/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.022, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022 por la suma de $ 6.456.063,07 (pesos seis millones cuatrocientos cincuenta y seis mil sesenta y tres con 07/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Julio de 2.022 por la suma de $ 1.151.493,66 (pesos un millón ciento cincuenta y un mil cuatrocientos noventa y tres con 66/100);

Que a fs. 45, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 48/49, mediante Dictamen Nº 23/23, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 50, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 48/23;

Que a fs. 51, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la Obra: “HABILITACIÓN DE LAS NUEVAS REDES DE PEAD DE CIUDAD DEL MILAGRO - OBRAS COMPLEMENTARIAS - SALTA - CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 342/22, a la contratista DIEGO DAVID FRANCO VIVEROS.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 342/22, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 7.607.556,73 (pesos siete millones seiscientos siete mil quinientos cincuenta y seis con 73/100), IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.022, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022 por la suma de $ 6.456.063,07 (pesos seis millones cuatrocientos cincuenta y seis mil sesenta y tres con 07/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Julio de 2.022 por la suma de $ 1.151.493,66 (pesos un millón ciento cincuenta y un mil cuatrocientos noventa y tres con 66/100);

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista DIEGO DAVID FRANCO VIVEROS, por el monto dispuesto en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará la suma al Curso de Acción: 092038000602 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 820 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio: 2.023.

ARTICULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente







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