RESOLUCIÓN N° 3/24
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS NROS. 1 Y 2. OBRA: POLO TECNOLÓGICO SAN LORENZO - DPTO. CAPITAL - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21636, el día 22 de Enero de 2024.



SALTA, 09 de enero de 2024

RESOLUCIÓN Nº 03

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente Nº 386 - 247.191/22 - Cpde. 20 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 y 2 de la Obra: “POLO TECNOLÓGICO SAN LORENZO - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución Nº 79/23 del Ministerio de Infraestructura (fs. 121) a la empresa “CIPROE S.R.L.”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 250.185.942,44 (pesos doscientos cincuenta millones ciento ochenta y cinco mil novecientos cuarenta y dos con 44/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.023 (fs. 2.628);

Que a fs. 73, el Inspector de Obra de la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 25, rola Nota de Pedido Nº 02 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 104, mediante Actuación Nº 441/23 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 105/106 el Dictamen Nº 623/23 y a fs. 107 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 14,90 % y 7,47 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Junio y Julio del 2.023 respectivamente;

Que a fs. 93, la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a informar el descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 304.654.733,34 (pesos trescientos cuatro millones seiscientos cincuenta y cuatro mil setecientos treinta y tres con 34/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.023, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Abril de 2.023 por la suma de $ 250.185.942,44 (pesos doscientos cincuenta millones ciento ochenta y cinco mil novecientos cuarenta y dos con 44/100), de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Junio de 2.023 por la suma de $ 37.281.985,17 (pesos treinta y siete millones doscientos ochenta y un mil novecientos ochenta y cinco con 17/100) y de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Julio de 2.023 por la suma de $ 17.186.805,73 (pesos diecisiete millones ciento ochenta y seis mil ochocientos cinco con 73/100);

Que a fs. 110/111, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 114/117, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 118/119, mediante Dictamen Nº 18/24, la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas, toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 120, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 09/24;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 y 2 de la Obra: “POLO TECNOLÓGICO SAN LORENZO - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución Nº 79/21 del Ministerio de Infraestructura, a la contratista “CIPROE S.R.L.”.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, adjudicada mediante Resolución Nº 79/21 del Ministerio de Infraestructura, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 304.654.733,34 (pesos trescientos cuatro millones seiscientos cincuenta y cuatro mil setecientos treinta y tres con 34/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.023, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Abril de 2.023 por la suma de $ 250.185.942,44 (pesos doscientos cincuenta millones ciento ochenta y cinco mil novecientos cuarenta y dos con 44/100), de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Junio de 2.023 por la suma de $ 37.281.985,17 (pesos treinta y siete millones doscientos ochenta y un mil novecientos ochenta y cinco con 17/100) y de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Julio de 2.023 por la suma de $ 17.186.805,73 (pesos diecisiete millones ciento ochenta y seis mil ochocientos cinco con 73/100).

ARTÍCULO 3º.- Facultar al Secretario de Obras Públicas a suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato con la contratista “CIPROE S.R.L.”, por los montos dispuestos en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará la Redet. Nº 1 la suma de $ 7.500.000,00 y la Redet. Nº 2 la suma de $ 3.500.000,00, al Curso de Acción: 92007178101 - Financiamiento: Ley 27429 (295) - Proyecto: 486 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 5º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.024 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley Nº 705/57.

ARTÍCULO 6º - Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.

Camacho







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