RESOLUCIÓN N° 30/23
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 1. OBRA: OPTIMIZACIÓN INTEGRAL RECAMBIO DE AGUA POTABLE PARA EL BARRIO SAN BERNARDO - SECTOR 1 - SALTA - CAPITAL.

Publicado en el Boletín N° 21396, el día 23 de Enero de 2023.



SALTA, 12 de enero de 2023

RESOLUCIÓN Nº 30

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 11.317/21 - Cpde. 14 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la Obra: “OPTIMIZACIÓN INTEGRAL RECAMBIO DE AGUA POTABLE PARA EL BARRIO SAN BERNARDO - SECTOR 1 - SALTA CAPITAL - PROV. DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 339/22 (fs. 58) a la Empresa CyL S.R.L., suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 66.742.684,95 (pesos sesenta y seis millones setecientos cuarenta y dos mil seiscientos ochenta y cuatro con 95/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2022 (fs. 20);

Que a fs. 18, el Inspector de Obra de la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/2.003 y su modificatorio Nº 372/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 19 rola Nota de Pedido N° 01 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 42, mediante Atuación Nº 233/22 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 43/44 el Dictamen Nº 433/22 y a fs. 45 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 18,38 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Julio de 2.022;

Que a fs. 46, la Dirección de Obras de Infraestructura Social y Productiva, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procedió a la realización del descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 76.558.641,42 (pesos setenta y seis millones quinientos cincuenta y ocho mil seiscientos cuarenta y uno con 42/100), IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.022, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Abril de 2.022 por la suma de $ 66.742.684,95 (pesos sesenta y seis millones setecientos cuarenta y dos mil seiscientos ochenta y cuatro con 95/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Julio de 2.022 por la suma de $ 9.815.956,47 (pesos nueve millones ochocientos quince mil novecientos cincuenta y seis con 47/100);

Que a fs. 49, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 52/54, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 55/56, mediante Dictamen Nº 61/23 la Asesoría Legal de la Coordinación Legal y Técnica de la S.O.P. toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 57, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que les compete mediante Informe Nº 07/22;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la Obra: “OPTIMIZACIÓN INTEGRAL RECAMBIO DE AGUA POTABLE PARA EL BARRIO SAN BERNARDO -SECTOR 1 - SALTA CAPITAL - PROV. DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 339/22, a la contratista CYL S.R.L.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, adjudicado mediante Resolución S.O.P. Nº 339/22, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 76.558.641,42 (pesos setenta y seis millones quinientos cincuenta y ocho mil seiscientos cuarenta y uno con 42/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.022, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Abril de 2.022 por la suma de $ 66.742.684,95 (pesos sesenta y seis millones setecientos cuarenta y dos mil seiscientos ochenta y cuatro con 95/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Julio de 2.022 por la suma de $ 9.815.956,47 (pesos nueve millones ochocientos quince mil novecientos cincuenta y seis con 47/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista CyL S.R.L., por el monto dispuesto en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092038002301- Financiamiento: Libre Disp. (10011) - Proyecto: 926- Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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