RESOLUCIÓN N° 301/23
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS NROS. 1, 2 Y 3. OBRA: REFACCIÓN INTEGRAL HOGAR DIVINO NIÑO JESÚS - SAN LORENZO - DPTO. CAPITAL - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21450, el día 14 de Abril de 2023.



SALTA, 04 de abril de 2023

RESOLUCIÓN Nº 301

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 386 - 224.797/21- Cpde. 10 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios N°s 1, 2 y 3 de la Obra: “REFACCIÓN INTEGRAL HOGAR DIVINO NIÑO JESÚS - SAN LORENZO - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 168/22 (fs. 117/119) a la empresa TK CONSTRUCCIONES S.R.L., suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 20.500.000,00 (pesos veinte millones quinientos mil 00/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de enero de 2.022 (fs. 106/108);

Que posteriormente, mediante Resolución S.O.P. Nº 730/22 (fs. 109/10), y rectificada por su similar Nº 781/22 (fs. 11), se aprueba el Cuadro Modificatorio Nº 1, que representa una demasía de obra, quedando el monto actualizado en la suma de $
23.001.137.23 (pesos veintitrés millones un mil ciento treinta y siete con 23/00) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de enero de 2.022 (fs. 11 vta.);

Que a fs. 58, 79 y 105, el Inspector de Obra de la Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 120, rola Nota de Pedido Nº 01 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 123/124, mediante Actuación Nº 239/22 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 125/126 el Dictamen Nº 404/22 y a fs. 127 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 9,03 %, 10,23 %  y 6,72 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Marzo, Mayo y Junio del 2.022 respectivamente;Que a fs. 128/130, la Dirección de Obras de Salud, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto N° 572/06, procede a la realización del descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 26.447.119,51 (pesos veintiséis millones cuatrocientos cuarenta y siete mil ciento diecinueve con 51/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de enero de 2.022 por la suma de $ 23.001.137,23 (pesos veintitrés millones un mil ciento treinta y siete con 23/00), de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de marzo de 2.022 por la suma de $ 2.076.450,62 (pesos dos millones setenta y seis mil cuatrocientos cincuenta con 62/100), de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de mayo de 2.022 por la suma de $ 1.027.095,45 (pesos un millón veintisiete mil noventa y cinco con 45/100) y de la actualización N° 3 a valores correspondientes al mes de junio de 2.022 por la suma de $ 342.436,21 (pesos trescientos cuarenta y dos mil cuatrocientos treinta y seis con 21/100);

Que a fs. 133/135, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 138/140, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 143/144, mediante Dictamen Nº 51/23, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 145, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 63/23;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nºs 1, 2 y 3 de la Obra: “REFACCIÓN INTEGRAL HOGAR DIVINO NIÑO JESÚS - SAN LORENZO - DPTO.. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 168/22, a la contratista TK CONSTRUCCIONES S.R.L.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, modificado por Cuadro modificatorio Nº 1 aprobado por Resolución S.O.P. Nº 730/22 y rectificada por su similar Nº 781/22, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 26.447.119,51 (pesos veintiséis millones cuatrocientos cuarenta y  siete mil ciento diecinueve con 51/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Enero de 2.022 por la suma de $ 23.001.137,23 (pesos veintitrés millones un mil ciento treinta y siete con 23/00), de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022 por la suma de $ 2.076.450,62 (pesos dos millones setenta y seis mil cuatrocientos cincuenta con 62/100), de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.022 por la suma de $ 1.027.095,45 (pesos un millón veintisiete mil noventa y cinco con 45/100) y de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022 por la suma de $ 342.436,21 (pesos trescientos cuarenta y dos mil cuatrocientos treinta y seis con 21/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista TK CONSTRUCCIONES S.R.L., por los montos dispuestos en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 081017030302 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 752 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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