RESOLUCIÓN N° 303/21
APRUEBA PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN SIMPLE Nº 22/21. OBRA: REFACCIÓN DE LA COCINA COMEDOR Y BAÑOS PÚBLICOS DEL HOSPITAL DE MORILLO - DPTO. RIVADAVIA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21023, el día 06 de Julio de 2021.



SALTA, 29 de Junio de 2021

RESOLUCIÓN Nº 303

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS


Expediente Nº 321-251.909/19-0 y agregados.

VISTO
el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 22/21, para la contratación de la obra “REFACCIÓN DE LA COCINA COMEDOR Y BAÑOS PÚBLICOS DEL HOSPITAL DE MORILLO - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 104/105, mediante Resolución SOP Nº 121/21, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 5.104.751,82 (pesos cinco millones ciento cuatro mil setecientos cincuenta y uno con 82/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de diciembre de 2020, un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos, mediante la modalidad de ajuste Alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 108/138, mediante Resolución Nº 21/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 153 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 145/146 en el Boletín Oficial, a fs. 147 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, a fs. 148/149, rolan las invitaciones a las empresas del rubro y a fs. 155/161 las comunicaciones a los organismos intervinientes para la apertura de sobres, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley Nº 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que conforme el Acta de Apertura de Sobres, de fecha 27 de abril de 2021 (fs. 167/168), presentaron sus ofertas 2 (dos) empresas: “SILIOTTO S.R.L.” y “JP INGENIERIA de Pastrana, Juan José Antonio”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 375/378, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución Nº 21/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda desestimar la oferta presentada por la empresa “JP INGENIERIA de Pastrana, Juan José Antonio”, por incumplimiento a los requisitos dispuestos por los artículos 7º inciso f) y 11 del Pliego de Condiciones Particulares, en función del artículo 17 del Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares (no contempla en su Análisis de precios el desglose del ítem 14 respecto al termotanque de 80 lts y tampoco lo presenta en la planilla de Datos garantizados, como así tampoco presenta garantizado lo correspondiente al ítem 10 piso granítico tipo Blangino o de mayor calidad) y recomienda declarar admisible a la oferta presentada por la empresa “SILIOTTO S.R.L.”, pasando al análisis de los criterios dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que la Comisión Evaluadora entiende que la empresa “SILIOTTO S.R.L.” cuenta con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual suficientes para esta obra, presenta su cotización y análisis de precios razonable y resulta coherente su plan de trabajo, la metodología propuesta y su equipamiento suficiente, cumplimenta la Planilla de Datos garantizados respetando las normas de calidad de materiales e insumos y reflejando también el cumplimiento de los valores correspondientes a la mano de obra vigentes al momento de la apertura de sobres;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “SILIOTTO S.R.L.”, en la suma de $ 6.215.909,85 (pesos seis millones doscientos quince mil novecientos nueve con 85/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de abril de 2021, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que según constancias de fs. 379/382, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes;

Que a fs. 383/385, la empresa “JP INGENIERIA de Pastrana, Juan José Antonio”, presenta observaciones al dictamen de preadjudicación, solicitando que su oferta sea reconsiderada;

Que a fs. 386/388, la Comisión Evaluadora efectúa un análisis de las observaciones presentadas, sin perjuicio de su inadmisibilidad formal por no acreditar lo dispuesto por el artículo 16 del Pliego (garantía del 0,5 % del presupuesto para impugnar), ratificando el dictamen de preadjudicación por continuar incumpliendo con los artículos 7, inc. f) y 11 del Pliego de Condiciones Particulares y en base a los mismos argumentos del citado dictamen, recomendando el rechazo de las observaciones presentadas por el oferente “JP INGENIERIA de Pastrana, Juan José Antonio”;

Que a fs. 389/390 rola la notificación de la contestación de la impugnación a la empresa “JP INGENIERIA de Pastrana, Juan José Antonio”;

Que a fs. Que a fs. 393, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación definitiva del gasto;

Que a fs. 394/395, mediante Dictamen Nº 260/21, rola la intervención de la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación del presente proceso selectivo;

Que a fs. 396, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe Nº 20/21;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 22/21, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución SOP Nº 121/21 para la ejecución de la obra “REFACCIÓN DE LA COCINA COMEDOR Y BAÑOS PÚBLICOS DEL HOSPITAL DE MORILLO - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 5.104.751,82 (pesos cinco millones ciento cuatro mil setecientos cincuenta y uno con 82/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de diciembre de 2020, un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2º.- Desestimar por inadmisible la oferta de la empresa “JP INGENIERIA de Pastrana, Juan José Antonio.”, por incumplimiento de los requisitos establecidos en el artículos 7º inciso f) y 11 del Pliego de Condiciones Particulares, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3º.- Declarar admisible la oferta de la empresa “SILIOTTO S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 4º.- Adjudicar, en el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley 8.072, a la empresa “SILIOTTO S.R.L.”, CUIT Nº 30-70965076-5, la ejecución de la obra “REFACCIÓN DE LA COCINA COMEDOR Y BAÑOS PÚBLICOS DEL HOSPITAL DE MORILLO - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 6.215.909,85 (pesos seis millones doscientos quince mil novecientos nueve con 85/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de abril de 2021, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 5º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “SILIOTTO S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6º.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley Nº 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 7º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 081017021902 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 384 - Unidad Geográfica: 133 - Ejercicio: 2021.

ARTÍCULO 8º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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