RESOLUCIÓN N° 315/22
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: ILUMINACIÓN DE CENTRO DEPORTIVO MORILLO - LOCALIDAD DE MORILLO - RIVADAVIA BANDA NORTE - DPTO. RIVADAVIA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21238, el día 26 de Mayo de 2022.



SALTA, 19 de Mayo de 2022

RESOLUCIÓN Nº 315

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 17.798/22 - 0 y agregados.

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra: “ILUMINACIÓN DE CENTRO DEPORTIVO MORILLO - LOCALIDAD MORILLO - RIVADAVIA BANDA NORTE - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/13, el Sr. Intendente de la Municipalidad de Rivadavia Banda Norte, eleva proyecto y solicita la financiación para la ejecución de la obra mencionada, la cual permitirá a la comunidad de Morillo realizar actividades físicas y deportivas en horario nocturno, ya que durante el día en verano la temperatura es muy elevada, dificultando la realización de dichas actividades;

Que la presente contratación tiene por objeto la provisión e instalación de 2 pilares de medición trifásicos para una potencia de 30 kilowatts, la provisión e instalación de 14 columnas metálicas con 3 reflectores de 200 watts, la provisión e instalación de 10 columnas metálicas con 4 artefactos tipo led de 120 w, 24 m3 de bases de hormigón para columnas de H°A°, 13 mts de cableado subterráneo alimentador por artefacto, 42 artefactos tipo led de 120 watts, 40 artefactos tipo reflector de 200 watts, 750 mts de cable subterráneo de 4x6+T mm2, 310 mts de cableado subterráneo de 4x4 + Tmm2 y 6 farolas medianas metálicas de 3 mts de 50 watts de potencia, todo ello conforme al detalle de la Memoria Descriptiva de fs. 03/07;

Que en virtud de ello, a fs. 15/20 la Dirección de Obras Municipales de la Secretaría de Obras Públicas confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 11.175.125,49 (pesos once millones ciento setenta y cinco mil ciento veinticinco con 49/100) IVA incluido, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 08;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Rivadavia Banda Norte;

Que a fs. 22, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 111/22, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 26, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de  Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 31/34, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada mediante Resolución Nº 102 D/22 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 35/36, rola Dictamen Nº 140/22 emitido por la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 37, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante informe Nº 61/22;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072 artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el presente instrumento,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “ILUMINACIÓN DE CENTRO DEPORTIVO MORILLO - LOCALIDAD MORILLO - RIVADAVIA BANDA NORTE - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 11.175.125,49 (pesos once millones ciento setenta y cinco mil ciento veinticinco con 49/100) IVA incluido, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de Rivadavia Banda Norte.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Publica con la Municipalidad de Rivadavia Banda Norte, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007019205 - Proyecto: 931 - Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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