RESOLUCIÓN N° 317/21
DISPONE LLAMADO A ADJUDICACIÓN SIMPLE. OBRA: DEMOLICIÓN Y CONSTRUCCIÓN ALBERGUE ESCUELA Nº 4.463 - EL SALADILLO - DPTO. LA POMA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21033, el día 20 de Julio de 2021.



SALTA, 07 de Julio de 2021

RESOLUCIÓN Nº 317

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 386-55.794/2020-0 y agregados.

VISTO
el proyecto de legajo técnico elaborado por la Dirección de Obras de Educación para la ejecución de la obra “DEMOLICIÓN Y CONSTRUCCIÓN ALBERGUE ESCUELA Nº 4.463 - EL SALADILLO - DPTO. LA POMA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que atento a lo solicitado por el Intendente de La Poma (fs. 01/03), la Cámara de Senadores de la Provincia mediante Declaración Nº 490/17 (fs. 15/16) y el entonces Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología (fs. 18 y 23), resulta conveniente y necesaria la ejecución de la obra de referencia, la cual posibilitará un funcionamiento adecuado de la Escuela Albergue del Paraje El Saladillo del Departamento de La Poma;

Que la presente contratación tiene por objeto realizar la demolición del edificio del albergue existente, que está contiguo la Escuela Nº 4.463, para ejecutar en dicho lugar un albergue para varones y mujeres con sanitarios, cocina y salón comedor y una vivienda docente, a fin de generar una estrecha vinculación formal y mínima relación funcional con la escuela existente;

Que en virtud de ello, a fs. 36/84, la Dirección de Obras de Educación de la SOP, confeccionó el proyecto de Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 21.961.310,47 (pesos veintiun millones novecientos sesenta y un mil trescientos diez con 47/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de enero de 2021;

Que la ejecución de la misma se efectuará por el procedimiento de adjudicación simple (artículo 14 de la Ley Nº 8.072) con la modalidad de ajuste alzado y con un plazo de ejecución de 270 (doscientos setenta) días corridos;

Que a fs. 35, rola informe Tecnico Ambiental Interno Nº 99/16 emitido por el Área Ambiental interna de la SOP;

Que a fs. 90, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación preventiva del gasto correspondiente;

Que a fs. 95/98, la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos ha tomado la intervención que le compete en cumplimiento de la Resolución Nº 211/12, prorrogada por Resolución Nº 27/2021 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 99/100, mediante Dictamen Nº 141/21, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite del llamado a adjudicación simple correspondiente;

Que a fs. 101, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 46/21;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/2018, Decreto Nº 417/2020 y Resolución Nº 36/2020 de la Secretaría de Contrataciones dependiente del Ministerio de Economía corresponde dictar el presente instrumento;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Disponer el llamado a Adjudicacion Simple con la modalidad de ajuste alzado para la ejecución de la obra “DEMOLICIÓN Y CONSTRUCCIÓN ALBERGUE ESCUELA Nº 4.463 - EL SALADILLO - DPTO. LA POMA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 21.961.310,47 (pesos veintiún millones novecientos sesenta y un mil trescientos diez con 47/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de enero de 2021 y con un plazo de ejecución de 270 (doscientos setenta) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- Autorizar a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas a realizar el llamado a Adjudicación Simple y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la obra citada en el artículo anterior, de conformidad a lo dispuesto por el Decreto Nº 417/2020 y Resolución Nº 36/2020 de la Secretaría de Contrataciones dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011055604 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 290 - Unidad Geográfica: 91 - Ejercicio: 2021.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial, en la página web de la Provincia y archivar.



De la Fuente





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