RESOLUCIÓN N° 317D/23
ACEPTA RENUNCIA. SRA. LUCRECIA ESTHER PRADA. BENEFICIO JUBILATORIO.

Publicado en el Boletín N° 21479, el día 30 de Mayo de 2023.



SALTA, 19 de Mayo de 2023

RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 317 D

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expte Nº 64038/2023 - Código 369.

VISTO la renuncia presentada por la señora LUCRECIA ESTHER PRADA, D.N.I Nº 16.182.994, agente de Planta Permanente, dependiente de la Dirección General de Primer Nivel de Atención - Área Operativa LV Zona Sur - Hospital “Papa Francisco” del Ministerio de Salud Pública, a partir del 21 de marzo de 2023, por acogerse al beneficio jubilatorio; y,

CONSIDERANDO:

Que la misma se fundamenta en la obtención del Beneficio Jubilatorio Nº 14-0- 1311434-0-8, de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que la citada agente no posee Bienes Patrimoniales del Estado a su cargo, ni registra Sumario Administrativo alguno, (fs. 04 y 08);

Que la agente incumplió con la presentación del Examen Psico-Físico de egreso, por su expresa negativa, (fs.01);

Que habiendo tomado intervención el Departamento Jurídico de la Subsecretaría de Personal de la Provincia, se expide por la viabilidad de lo solicitado;

Que por Decreto Nº 1595/12, con arreglo a lo dispuesto en las Leyes Nº 8171/19 y Nº 5348/78 de Procedimientos Administrativos, el titular del Poder Ejecutivo delega a la Secretaría General de la Gobernación y Ministros de las respectivas carteras, la competencia referente a la aceptación de renuncias de los agentes de la Administración Pública Provincial;

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aceptar con vigencia al 21 de marzo de 2023, la renuncia de la señora LUCRECIA ESTHER PRADA, D.N.I Nº 16.182.994, al Cargo: Agente Sanitario - Agrupamiento: Agentes Sanitarios - Subgrupo: 1 - Nº de Orden 1729 del Decreto Nº 2734/12, dependiente de la Dirección General de Primer Nivel de Atención - Área Operativa LV Zona Sur - Hospital "Papa Francisco" del Ministerio de Salud Pública.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que la señora PRADA, no adjuntó el Certificado de Aptitud Psico-Fisico de Egreso.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Mangione





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