RESOLUCIÓN N° 319D/19
BENEFICIO JUBILATORIO. SR. ROBERTO EUGENIO VILTE.

Publicado en el Boletín N° 20495, el día 06 de Mayo de 2019.



SALTA, 24 de Abril de 2019

RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 319 D

MINISTERIO DE ASUNTOS INDIGENAS Y DESARROLLO SOCIAL

EXPEDIENTE Nº 1090234-299948/2018-0.

VISTO la renuncia presentada por el Sr. ROBERTO EUGENIO VILTE, D.N.I. Nº 10.135.237, agente de Planta Permanente, dependiente del Ministerio de Asuntos Indígenas y Desarrollo Social, a partir del 03 de Diciembre de 2018, por acogerse al beneficio jubilatorio; y,

CONSIDERANDO:

Que la misma se fundamenta en la obtención del Beneficio Jubilatorio a través de la Resolución de Acuerdo Colectivo Nº 1272 de fecha 04 de Septiembre de 2018 de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES).

Que el citado agente no posee Bienes Patrimoniales del Estado a su cargo ni registra Sumario Administrativo alguno (fs.10 y 14);

Que el agente incumplió con la presentación del Exámen Psico-Físico de Egreso, pese a su notificación, (fs. 07);

Que habiendo tomado intervención el Departamento Jurídico de la Dirección General de Personal de la Provincia, se expide la viabilidad de lo solicitado;

Que por Decreto Nº 1595/12, con arreglo a lo dispuesto en las Leyes Nº 8053/17 y Nº 5348/78 de Procedimientos Administrativos, el titular del Poder Ejecutivo delega al Secretario General de la Gobernación y Ministros de las respectivas carteras, la competencia referente a la aceptación de renuncias de los agentes de la Administración Pública Provincial;

Por ello,

MINISTRA DE ASUNTOS INDIGENAS Y DESRROLLO SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aceptar con vigencia al 03 de Diciembre de 2018, la renuncia del Sr. ROBERTO EUGENIO VILTE, D.N.I. Nº 10.135.237, al Cargo: Técnico Intermedio (cargo retenido) - Agrupamiento: Técnico - Subgrupo 2 - Función Jerárquica III - Nº de Orden: 48, dependiente de la Subsecretaria de Defensa Civil - Secretaria de Protección Civil - Ministerio de Asuntos Indígenas y Desarrollo Social, Decreto 859/15.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el Sr. VILTE, no adjuntó el Certificado de Aptitud PsicoFísico de Egreso.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Cruz





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