RESOLUCIÓN N° 320D/23
APRUEBA PLANO DE MENSURA Y LOTEO Nº 18.775 DEL INMUEBLE, MATRÍCULA N° 169.547 DEL DEPARTAMENTO CAPITAL. PROYECTO URBANÍSTICO "PUEBLO".

Publicado en el Boletín N° 21479, el día 30 de Mayo de 2023.



SALTA, 19 de Mayo de 2023

RESOLUCION DELEGADA Nº 320 D

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente Nº 018 - 31045/14-0 y agregados

VISTO las actuaciones de referencia, mediante las cuales se solicita la aprobación del Plano de Mensura y Loteo Nº 18.775 y la aceptación de donación del espacio para uso institucional relativo a la Matrícula Nº 169.547 del Departamento Capital, que incluye el proyecto urbanístico denominado "PUEBLO", de propiedad de los señores Eduardo Aguilar, María Inés Aguilar Leiguarda, Ana Inés Uriburu, Marcos Rafael Uriburu, Nicolás Rafael Uriburu y María Lía Uriburu; y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 2.308 (original 1.030), en su Titulo V, prevé que toda creación de nuevos centros de población, ampliación o modificación del trazado de las ya existentes, quedará sujeta a las prescripciones que ella establece, encontrándose obligados los propietarios de los terrenos destinados a ese objeto a solicitar permiso al Poder Ejecutivo;

Que por Decreto Nº 1.682/19 se reglamenta el Título V de la Ley Nº 2.308, estableciendo los requisitos y procedimientos que deberán observarse a efectos de la aprobación de solicitudes de creación o modificación de urbanizaciones;

Que en las actuaciones de referencia se encuentra agregada la siguiente documentación: 1) Copia heliográfica del plano visado por la Municipalidad de San Lorenzo, Secretaría de Recursos Hídricos, Dirección de Vialidad de Salta y el COPAIPA, que cuenta además con la certificación de firmas correspondientes (fs. 163/165 y 132/133); 2) Certificado de No Inundabilidad extendido por la Secretaría de Recursos Hídricos (fs. 50); 3) Certificado de Aptitud Ambiental Municipal respecto de la Matrícula en cuestión, emitido por la Municipalidad de San Lorenzo (fs. 54); 4) Certificado de disponibilidad de energía eléctrica expedido por la empresa EDESA S.A. para los lotes emergentes (fs. 66); 5) A fs. 87, se agrega Certificado de Disponibilidad del Servicio de Agua Potable emitido por la firma CoSAySA - Aguas del Norte, informando que los 511 lotes ubicados en la Matrícula Nº 169.547, son frentistas a la red distribuidora de agua potable y disponen de los mencionados servicios a través de 511 conexiones domiciliarias; 6) En cuanto al sistema de desagües cloacales en fs. 88/93 se describe el sistema de depuración de efluentes cloacales, previéndose que los servicios sanitarios de las viviendas se efectuarán mediante la construcción de cámaras sépticas individuales o la instalación de biodigestores; 7) A fs. 115/116 rola Ordenanza Nº 2026/2020, del Concejo Deliberante de la Municipalidad de San Lorenzo, por la que se acepta la donación de calles, ochavas y espacios verdes; 8) A fs. 85 rola el certificado de pre factibilidad expedido por el Instituto Provincial de la Vivienda; 9) A fs. 114 y vta. rola la reposición de sellado para la aprobación de planos y a fs. 127/128 consta el Certificado de Libre Deuda del impuesto inmobiliario rural de la Matrícula Nº 169.547 del Dpto. Capital, emitido por la DGR a la fecha de su emisión (período 4º año 2022);

Que, en lo que respecta a la superficie destinada a uso institucional, rola agregada a fs. 135/136 la oferta de donación de la superficie de 1 ha. 743,34 m2 del inmueble de mayor extensión relativo a la Matrícula Nº 169.547 del Departamento Capital, conforme Plano de Mensura y Loteo Nº 18.775 y que se condice con el Lote 2 de la Manzana 185A de 1.358,30 m2, Lote 2 de la Manzana 176C de 187,01 m2, Lote 1 de la Manzana 174B de 6.825,69 m2 y Lote 1 de la Manzana 178B de 2.372,34 m2;

Que la superficie ofrecida como “espacio de uso institucional'' (1 ha. 743,34 m2) en los términos de la Ley de Catastros Nº 2308 (original Nº 1030), alcanza el 2,98% de la superficie de los lotes emergentes conforme Plano de Mensura y Loteo Nº 18.775, dándose cumplimiento al porcentaje exigido por la normativa aplicable;

Que a fs. 166/169 se expide el Programa Registro Técnico de la Dirección General de Inmuebles, sin manifestar objeciones y estimando prudente la emisión de la resolución pertinente, siguiendo por el mismo lineamiento la Asesoría Legal de la Dirección General de Inmuebles, en el Dictamen Jurídico que rola a fs. 137/138;

Que a fs. 172/174, rola la intervención de la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura, sin observaciones que formular para la aprobación del Plano de Mensura y Loteo Nº 18.775 y la aceptación de la donación efectuada a favor de la Provincia de Salta del espacio reservado para uso institucional;

Por ello, en el marco de las competencias previstas en el art. 27 de la Ley Nº 8.171, modificada por su par Nº 8.274 y Decretos Nros. 1.682/19 y 308/22; artículos 1.542, 1.545, 1.553 del Código Civil y Comercial de la Nación; artículo 59 de la Ley de Contabilidad de la Provincia Nº 705/1957, artículo 23 del Decreto Nº 7.655/1972 modificado por Decreto Nº 333/1986;

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Plano de Mensura y Loteo Nº 18.775, tramitado ante la Dirección General de Inmuebles respecto del inmueble identificado con la Matrícula Nº 169.547 del Departamento Capital, de propiedad de los señores Eduardo Aguilar, D.N.I. Nº 25.021.968; María Inés Aguilar Leiguarda, D.N.I. Nº 4.987.348; Ana Inés Uriburu, D.N.I. Nº 25.069.539; Marcos Rafael Uriburu, D.N.I Nº 22.455.289; Nicolás Rafael Uriburu, D.N.I. Nº 23.361.771; y María Lía Uriburu, D.N.I. Nº 28.261.771, y que corresponde al proyecto urbanístico denominado "PUEBLO”.

ARTÍCULO 2º.- Aceptar la donación efectuada a favor de la Provincia de Salta por parte de los señores Eduardo Aguilar, María Inés Aguilar Leiguarda, Ana Inés Uriburu, Marcos Rafael Uriburu, Nicolás Rafael Uriburu y María Lía Uriburu, en el carácter de copropietarios, de una superficie de 1 ha. 743,34 m2, ubicados en el Lote 2 de la Manzana 185A de 1.358,30 m2, Lote 2 de la Manzana 176C de 187,01 m2, Lote 1 de la Manzana 174B de 6.825,69 m2 y Lote 1 de la Manzana 178B de 2.372,34 m2, del inmueble identificado como Matrícula Nº 169.547 del Departamento Capital, conforme al Plano de Mensura y Loteo Nº 18775 de la Dirección General de Inmuebles, para su reserva como “espacio de uso institucional” de la Provincia de Salta.

ARTÍCULO 3º.- Agradecer a los señores Eduardo Aguilar, María Inés Aguilar Leiguarda, Ana Inés Uriburu, Marcos Rafael Uriburu, Nicolás Rafael Uriburu y María Lía Uriburu, la donación efectuada, que redundará en beneficio deja comunidad.

ARTÍCULO 4º.- Disponer que la Dirección General de Inmuebles asignará las matrículas individuales a cada uno de los lotes emergentes del plano aprobado precedentemente y efectuará los registros pertinentes, en el marco del artículo Nº 1.553 del Código Civil y Comercial de la Nación, previa presentación del certificado de libre deuda actualizado.

ARTÍCULO 5º.- Notificar a la Dirección de Tierras Fiscales y Bienes del Estado para su registro y control; y a la Contaduría General de la Provincia para su registro, de acuerdo a lo establecido en artículo 60 del Decreto Ley Nº 705/1957.

ARTÍCULO 6º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.

Camacho





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