RESOLUCIÓN N° 330/22
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: REFACCIONES VARIAS ESCUELA Nº 4.728 "ALBA C. DE PEREYRA ROZAS" - SALTA - CAPITAL.

Publicado en el Boletín N° 21241, el día 31 de Mayo de 2022.



SALTA, 23 de Mayo de 2022

RESOLUCIÓN Nº 330

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 57.848/17 -0 y agregados.

VISTO el proyecto de legajo técnico elaborado por la Dirección de Obras de Educación para la ejecución de la obra “REFACCIONES VARIAS ESCUELA Nº 4.728 “ALBA C. DE PEREYRA ROZAS” - SALTA - CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 02/81, rolan como antecedentes las distintas solicitudes presentadas por las autoridades de la Escuela Nº 4.728 y por las áreas técnicas del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, planteando la necesidad de la ejecución de trabajos de refacción en el citado establecimiento educativo, para dar respuesta a los problemas edilicios y de espacio existentes mejorando el desarrollo normal de las actividades que se brindan en el mismo;

Que la presente contratación tiene por objeto la construcción de una cocina para la institución, la refacción de techos en sector de aulas y galería y la colocación de baranda de seguridad en las rampas de ingreso a la institución y salida al patio, conforme al detalle de la Memoria Descriptiva y documentación técnica de fs. 92/94 y 112/136;

Que, en virtud de ello, a fs. 91/136 la Dirección de Obras de Educación, confeccionó el proyecto de Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 5.753.857,89 (pesos cinco millones setecientos cincuenta y tres mil ochocientos cincuenta y siete con 89/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.021, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 108;

Que la ejecución de la misma se efectuará por el procedimiento de Adjudicación Simple (artículos 14 y 92 inciso a) de la Ley 8.072), con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos;

Que a fs. 90, rola informe Técnico Ambiental Interno Nº 473/21 emitido por el Área Ambiental interna de la S.O.P.;

Que a fs. 140 vta. y 141, rola intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realizando la imputación preventiva del gasto correspondiente;

Que a fs. 146/149, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en cumplimiento de la Resolución Nº 211/12 prorrogada por Resolución Nº 102 D/22 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 150/151, mediante Dictamen Nº 67/22, la Direccion de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, toma la intervención correspondiente sin observaciones que formular para la continuidad del trámite para el llamado a realizar el procedimiento de Adjudicación Simple;

Que a fs. 152, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención que le compete mediante informe Nº 82/22;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decreto Nº 417/2.020 y Resoluciones Nºs 36/2.020 y 02/21 de la Secretaria de Contrataciones dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, corresponde dictar el presente instrumento;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Legajo Técnico que rola a fs. 91/136 de estas actuaciones, elaborado por la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., para la ejecución de la obra “REFACCIONES VARIAS ESCUELA Nº 4.728 “ALBA C. DE PEREYRA ROZAS” - SALTA - CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 5.753.857,89 (pesos cinco millones setecientos cincuenta y tres mil ochocientos cincuenta y siete con 89/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.021, con la Modalidad de Ajuste Alzado y con plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- Disponer el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada en el artículo 1º de la presente resolución, autorizando a la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., para realizar todos los actos del proceso selectivo hasta la preadjudicación.

ARTÍCULO 3º.- Designar como integrantes de la Comisión de Preadjudicación para actuar en la presente contratación con las facultades previstas en el artículo 55 y concordantes del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, a las siguientes personas:

· Arq. María Graciela Vilariño, Directora de Obras de Educación de la S.O.P.

· Arq. Emidio Posse, Jefe de Programa de la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P.

· Arq. Mariana Borelli, Ajente de la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P.

· Dr. Rodrigo Fernando Catacata, Asesor Legal del Ministerio de Infraestructura.



ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente, se imputará a: Curso de Acción: 071011005206 - Financiamiento: Ley 27429 (295) - Proyecto: 477 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial, en la página web de la Provincia y archivar.



De la Fuente





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