RESOLUCIÓN N° 334/22
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: REFACCIONES VARIAS EN CENTRO DE CONVENCIONES SALTA - CAPITAL.

Publicado en el Boletín N° 21241, el día 31 de Mayo de 2022.



SALTA, 23 de Mayo de 2022

RESOLUCIÓN Nº 334

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 360 - 285.983/21 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Contratación Abreviada, llevado a cabo para la ejecución de la obra “REFACCIONES VARIAS EN CENTRO DE CONVENCIONES SALTA - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/02 rola solicitud efectuada por la Presidente del Centro de Convenciones Salta Sociedad del Estado, planteando la necesidad de realizar diversas refacciones, teniendo en cuenta que el estado actual del edificio y el predio exterior requieren de mejoras urgentes;

Que en consecuencia, a fs. 04, toma intervención el Sr. Coordinador de la Secretaría de Obras Públicas, ordenando a la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico la elaboración del legajo técnico para la ejecución de la obra;

Que la presente contratación tiene por objeto la refacción de los sectores del edificio que fueron modificados para adaptarlo al funcionamiento de Centro de Referencia Covid 19. Estos trabajos involucran en gran parte demoliciones de estructuras de construcción en seco interiores y exteriores que fueron necesarias realizar para independizar áreas de tratamiento y circulaciones, así como también modificaciones en núcleos sanitarios, cocina para vestuarios y laboratorio respectivamente;

Que a fs. 06/22, la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., elabora el legajo técnico e informa que la presente contratación contiene un presupuesto oficial de $ 7.125.020,82 (pesos siete millones ciento veinticinco mil veinte con 82/100) IVA incluido, a valores correspondiente al mes de Enero de 2.022, un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos, a realizarse por el procedimiento de Contratación Abreviada por razones de urgencia, previsto en el articulo 15 inc. i) de la Ley Nº 8.072 y artículo 22 apartado 2) del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18 y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado;

Que las razones de urgencia para efectuar la presente contratación se encuentran fundamentadas toda vez que el estado actual del Centro de Convenciones y el predio exterior requiere de mejoras urgentes, atento que al haber dejado de funcionar como centro de referencia COVID-19 -en servicio de apoyo a la salud pública-, retomó las actividades habituales, siendo necesario y prioritario el desmontaje de la construcción seca y tareas de reacondicionamiento en general, a fin de poder dar cumplimiento con la grilla de eventos programados para el 2022;

Que en consecuencia la ejecución de la obra resulta necesaria y prioritaria para ello, acreditándose así la necesidad para llevar adelante el procedimiento selectivo de contratación abreviada por razones de emergencia, previsto en el artículo 15 inc. i) de la Ley Nº 8.072 y artículo 22 apartado 2) del Decreto Reglamentario Nº 1.349/18, por imposibilidad material de acudir a un procedimiento ordinario que implican mayores plazos obligatorios en cada una de las tramitaciones del mismo;

Que a fs. 24, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 34/37, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en cumplimiento de la Resolución Nº 211/12 prorrogada por Resolución Nº 27/21 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 38, rola informe Técnico Ambiental Interno Nº 113/22 emitido por el Área Ambiental interna de la S.O.P.;

Que a fs. 39/41, toma intervención la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas, mediante Dictamen Nº 124/22, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 42, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete, mediante informe Nº 78/22;

Que a fs. 44, toma intervención la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, en virtud de lo establecido por el Decreto Nº 417/2020 y de las Resoluciones Nº 36/2.020 y 02/21 ;

Que en consecuencia, toma intervención la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la SOP, agregándose la invitación a cotizar, los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas, Anexos correspondientes para la contratación de la obra mencionada (fs. 49/54);

Que se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones en la página web
htpp://obraspublicas.salta.gob.ar (fs. 85), con las comunicaciones a los organismos intervinientes para la apertura de sobres (fs. 88), y con las invitaciones a cotizar por medio electrónico a empresas del rubro (fs. 49/54), conforme a lo dispuesto por el artículo 22 apartado 1) del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, garantizándose además el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley Nº 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 30 de marzo de 2.022 (fs. 90), presentaron sus ofertas 2 empresas “ING. RENE LUIS CASTELLON” e “I.C. S.R.L.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que a fs. 170/171, rola el informe técnico de las ofertas, mediante el cual se recomienda desestimar la oferta presentada por la empresa “ING. RENE LUIS CASTELLON”, por desistir de la propuesta presentada, fundando su renuncia en la falta de tiempo para desarrollar la logística necesaria para la realización y ejecución de la obra de referencia, y recomienda declarar admisible a la oferta presentada por la empresa: “IC S.R.L.”, pasando al análisis de los criterios de conveniencia dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que la Comisión Evaluadora entiende que la oferta admisible cuenta con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica suficiente para la obra, presenta su cotización y análisis de precios razonables, resultan coherentes su plan de trabajo y la metodología propuesta, reflejándose también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres respecto a la mano de obra cotizada;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “IC SRL”, en la suma de $ 7.114.517,35 (pesos siete millones ciento catorce mil quinientos diecisiete con 35/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de marzo de 2.022, que representa un 3,73 % inferior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 172/173, rolan constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presentaran impugnaciones al mismo;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia en sus artículos 15, inc. i) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 22 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que a fs. 175, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 176/177, mediante Dictamen Nº 88/22 la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, toma la intervención correspondiente sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 178, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete, mediante informe Nº 58/22;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 15, inc. i) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 22 apartado 1) del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18 y Resoluciones Nºs 36/2020 y 02/21 de la Secretaría de Procedimientos de Contrataciones, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Legajo Técnico y el proceso selectivo de contratación abreviada Nº 160/22, llevado a cabo para la ejecución de la obra “REFACCIONES VARIAS EN CENTRO DE CONVENCIONES SALTA - CAPITAL -PROVINCIA DE SALTA”, con presupuesto oficial de $ 7.125.020,82 (pesos siete millones ciento veinticinco mil veinte con 82/100) IVA incluido, a valores correspondiente al mes de Enero de 2.022, con un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de ajuste alzado.

ARTÍCULO 2º.- Desestimar a la oferta de la empresa: “ING. RENE LUIS CASTELLON”, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Declarar admisible a la oferta de la empresa “I.C. S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 4º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15, inc. i) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 22, apartado 1) del Decreto Reglamentario Nº 1319/18, adjudicar a la empresa “I.C. S.R.L.”, CUIT Nº 30-71682063-3 la ejecución de la obra mencionada en el artículo primero de esta resolución, por un monto de $ 7.114.517,35 (pesos siete millones ciento catorce mil quinientos diecisiete con 35/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022, con un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por resultar la más conveniente por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y verificar satisfactoriamente los criterios dispuestos por el artículo 14º del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 5º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “I.C. S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6º.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley Nº 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 7º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007019205 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 931 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio 2022.

ARTÍCULO 8º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial, en el sitio de internet de la Provincia y archivar.



De la Fuente





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