RESOLUCIÓN N° 37D/20
BENEFICIO JUBILATORIO. C.P.N. ENRIQUE JESUS MARTINEZ.

Publicado en el Boletín N° 20683, el día 11 de Febrero de 2020.



SALTA, 10 de Febrero de 2020

RESOLUCIÓN DELEGADA Nº  37 D

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expte. Nº 253494/19-código 127

VISTO
la renuncia presentada por el C.P.N ENRIQUE JESUS MARTINEZ, D.N.I. Nº 11.080.456, agente de Planta Permanente, dependiente del Hospital de Salud Mental “Dr. Miguel Ragone” - Ministerio de Salud Pública, a partir del 23 de octubre de 2019, por acogerse al Beneficio Jubilatorio; y,

CONSIDERANDO:

Que la misma se fundamenta en la obtención del Beneficio Jubilatorio a través de la Resolución de Acuerdo Colectivo Nº 1283, de fecha 05 de agosto de 2019, de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que el citado agente no posee Bienes Patrimoniales del Estado a su cargo; ni registra Sumario Administrativo alguno (fs. 31 y 34);

Que el agente incumplió con la presentación del Examen Psico-Físico de Egreso, por su expresa negativa (fs. 08);

Que habiendo tomado intervención el Departamento Jurídico de la Subsecretaría de Personal de la Provincia, se expide la viabilidad de lo solicitado;

Que por Decreto Nº 1.595/12, con arreglo a lo dispuesto en las Leyes Nº 8.053/17 y Nº 5.348/78 de Procedimientos Administrativos, el titular del Poder Ejecutivo delega al Secretario General de la Gobernación y Ministros de las respectivas carteras, la competencia referente a la aceptación de renuncias de los agentes de la Administración Pública Provincial;

Por ello,

LA MINISTRA DE SALUD PÚBLICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aceptar con vigencia al 23 de octubre de 2019, la renuncia del C.P.N ENRIQUE JESUS MARTINEZ, D.N.I. Nº 11.080.456, al Cargo: Contador Público Nacional - Agrupamiento: Administrativo - Subgrupo 1 - Nº de Orden 426, con desempeño como Supervisor Coordinación de Gestión Económica Administrativa - Función Nº 39 del Decreto Nº 238/03, dependiente del Hospital de Salud Mental “Dr. Miguel Ragone”- Ministerio de Salud Pública, Decreto Nº 1.034/96.

ARTÍCULO 2º.- Dejar constancia que el C.P.N MARTINEZ, no adjuntó el Certificado de Aptitud Psico-Físico de Egreso.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Medrano de la Serna





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