RESOLUCIÓN N° 342/23
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 1. OBRA: REFACCIÓN Y AMPLIACIÓN ESCUELA Nº 4.320 - SAN AGUSTÍN - LOCALIDAD DE SAN AGUSTÍN - DPTO. CERRILLOS - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21462, el día 03 de Mayo de 2023.



SALTA, 18 de abril de 2023

RESOLUCIÓN Nº 342

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 159 - 262.460/14 - Cpde. 16 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la Obra: “REFACCIÓN Y AMPLIACIÓN ESCUELA Nº 4.320 “SAN AGUSTÍN” - LOCALIDAD DE SAN AGUSTÍN - DPTO. CERRILLOS - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 131/22 (fs. 51/53) a lafirma ADOBE CONSTRUCCIONES de Daniel Alberto Rodríguez., suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 26.591.447,45 (pesos veintiséis millones quinientos noventa y un mil cuatrocientos cuarenta y siete con 45/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.022 (fs. 15/17);

Que a fs. 31, el Inspector de Obra de la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 14, rola Nota de Pedido Nº 1 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 35, mediante Actuación Nº 141/22 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 36/37 el Dictamen Nº 306/22 y a fs. 38 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 8,64 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Marzo 2022;

Que a fs. 39, la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a redeterminar el monto contractual en la suma total de $ 28.887.842,17 (pesos veintiocho millones ochocientos ochenta y siete mil ochocientos cuarenta y dos con 17/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Enero de 2.022 por la suma de $ 26.591.447,45 (pesos veintiséis millones quinientos noventa y un mil cuatrocientos cuarenta y siete con 45/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022 por la suma de $ 2.296.394,72 (pesos dos millones doscientos noventa y seis mil trescientos noventa y cuatro con 72/100);

Que a fs. 44, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 47/48, mediante Dictamen Nº 112/23, la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 49, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 34/23;

Que a fs. 50, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la Obra: “REFACCIÓN Y AMPLIACIÓN ESCUELA Nº 4.320 “SAN AGUSTÍN” - LOCALIDAD DE SAN AGUSTÍN - DPTO. CERRILLOS - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 131/22, a la contratista ADOBE CONSTRUCCIONES de Daniel Alberto Rodríguez.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 131/22, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 28.887.842,17 (pesos veintiocho millones ochocientos ochenta y siete mil ochocientos cuarenta y dos con 17/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Enero de 2.022 por la suma de $26.591.447,45 (pesos veintiséis millones quinientos noventa y un mil cuatrocientos cuarenta y siete con 45/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022 por la suma de $ 2.296.394,72 (pesos dos millones doscientos noventa y seis mil trescientos noventa y cuatro con 72/100);

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista ADOBE CONSTRUCCIONES de Daniel Alberto Rodríguez, por el monto dispuesto en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará la suma al Curso de Acción: 071011053902 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 731 - Unidad Geográfica: 35 - Ejercicio: 2.023.

ARTICULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.

De la Fuente





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