RESOLUCIÓN N° 354/22
DECLARA FRACASADA ADJUDICACIÓN SIMPLE Nº 21/22. OBRA: OPTIMIZACIÓN Y RECAMBIO DE REDES DE AGUA BARRIO EL HUAICO ETAPA 1 - SALTA - CAPITAL.

Publicado en el Boletín N° 21244, el día 03 de Junio de 2022.



SALTA, 30 de Mayo de 2022

RESOLUCIÓN Nº 354

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 386 - 236.837/21 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 21/22, para la contratación de la obra “OPTIMIZACIÓN Y RECAMBIO DE REDES DE AGUA BARRIO EL HUAICO ETAPA Nº 1 - SALTA CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 187/188, mediante Resolución S.O.P. Nº 140/22, rectificada por su similar Nº 288/22 (fs. 295), se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 16.364.267,04 (pesos dieciséis millones trescientos sesenta y cuatro mil doscientos sesenta y siete con 04/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.022, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos, mediante el procedimiento de Adjudicación Simple con la modalidad de Ajuste Alzado y se autoriza a la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P. a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que según constancias de fs. 196/197, se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 198 en el Boletín Oficial, a fs. 199 en la página web <http://obraspublicas.salta.gob.ar>, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley Nº 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 30 de Marzo de 2.022 (fs. 201), presentó su única oferta la empresa “COMPAÑÍA DEL NORTE S.A.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 296, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución S.O.P. Nº 140/22, la cual recomienda declarar fracasado el procedimiento de contratación, atento a que la oferente “COMPAÑÍA DEL NORTE S.A.” no cumple con los requisitos establecidos en el artículo 8 inc. c) y artículo 9 inc. g) y h), sugiriendo desestimar la oferta presentada;

Que según constancia de fs. 197, rola la constancia de la notificación del Informe de Preadjudicación al oferente, sin que presentara impugnación al mismo;

Que a fs. 299/300, mediante Dictamen Nº 133/22, rola la intervención de la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite para declarar fracasada la adjudicación simple correspondiente;

Que a fs. 301, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe Nº 50/22;

Por ello, atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072 artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/2.018,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 21/22, encomendado mediante Resolución S.O.P. Nº 140/22 y su rectificatoria Nº 288/22, llevado adelante por la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, para la ejecución de la obra “OPTIMIZACIÓN Y RECAMBIO DE REDES DE AGUA BARRIO EL HUAICO ETAPA Nº 1 - SALTA CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 16.364.267,04 (pesos dieciséis millones trescientos sesenta y cuatro mil doscientos sesenta y siete con 04/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.022, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2º.- Declarar fracasada la Adjudicación Simple Nº 21/22, por inadmisibilidad de la oferta presentada por la empresa “COMPAÑÍA DEL NORTE S.A.”, conforme a los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Autorizar a la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la Secretaría de Obras Públicas a realizar los tramites para contratar de manera directa la presente contratación en curso, en el marco de lo dispuesto por el artículo 14, ultimo párrafo de la Ley 8.072.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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