RESOLUCIÓN N° 358/20
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 1. OBRA: CONSTRUCCIÓN EDIFICIO SERVICIOS GENERALES - HOSPITAL DR. ARTURO OÑATIVIA - SALTA - CAPITAL.

Publicado en el Boletín N° 20849, el día 20 de Octubre de 2020.



SALTA, 14 de Octubre de 2020

RESOLUCIÓN Nº 358

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 76-198.667/18 - Cpde. 28 y agregados.

VISTO
las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la obra “CONSTRUCCIÓN EDIFICIO SERVICIOS GENERALES - HOSPITAL DR. ARTURO OÑATIVIA - SALTA - CAPITAL”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 74/2020 (fs. 168/174) a la empresa JMG CONSTRUCCIONES SRL, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 22.432.230,49 (pesos veintidós millones cuatrocientos treinta y dos mil doscientos treinta con 49/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de enero de 2020 (fs. 04/06);

Que a fs. 01, el Inspector de Obra de la Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., consideró cumplidos los requisitos previstos por el Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 03, rola Nota de Pedido Nº 02 mediante la cual la contratista adhirió expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente, renunció a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asumió la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor del contrato o precio surgido de la última redeterminación, sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 153, mediante Actuación Nº 230/2020 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 154/155 el Dictamen Nº 214/20 y a fs. 156 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 6,76 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de abril de 2020;

Que a fs. 153, la Dirección de Obras de Salud, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, informa que no corresponde el descuento proporcional del anticipo financiero y procedió a redeterminar el monto contractual en la suma total de $ 23.949.708,38 (pesos veintitrés millones novecientos cuarenta y nueve mil setecientos ocho con 38/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de abril de 2020, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de enero de 2020 por la suma de $ 22.432.230,49 (pesos veintidós millones cuatrocientos treinta y dos mil doscientos treinta con 49/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de abril de 2020 por la suma de $ 1.517.477,89 (pesos un millón quinientos diecisiete mil cuatrocientos setenta y siete con 89/100);

Que a fs. 159/160, mediante Dictamen Nº 442/2020, la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas toma la intervención correspondiente;

Que a fs. 161, rola intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 162/166, la Oficina General de Presupuesto y Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 167, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la obra “CONSTRUCCIÓN EDIFICIO SERVICIOS GENERALES - HOSPITAL DR. ARTURO OÑATIVIA - SALTA - CAPITAL”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 74/2020, a la contratista JMG CONSTRUCCIONES SRL.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 74/2020, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 23.949.708,38 (pesos veintitrés millones novecientos cuarenta y nueve mil setecientos ocho con 38/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de abril de 2020, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de enero de 2020 por la suma de $ 22.432.230,49 (pesos veintidós millones cuatrocientos treinta y dos mil doscientos treinta con 49/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de abril de 2020 por la suma de $ 1.517.477,89 (pesos un millón quinientos diecisiete mil cuatrocientos setenta y siete con 89/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista JMG CONSTRUCCIONES SRL, por el monto dispuesto en el artículo 2º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 081017029401 - Financiamiento: A.E. - Otros Fondos (29915) - Proyecto: 237 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio: 2020.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente


.

Responsive image Responsive image