RESOLUCIÓN N° 358/22
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: AMPLIACIÓN RED DE AGUA POTABLE - ETAPA I - SECTOR I - GRAL. PIZARRO - DPTO. ANTA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21244, el día 03 de Junio de 2022.



SALTA, 30 de Mayo de 2022

RESOLUCIÓN Nº 358

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 260.309/2.020 - 0 y agregados.

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “AMPLIACIÓN RED DE AGUA POTABLE - ETAPA I - SECTOR I - GRAL. PIZARRO - DPTO. ANTA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 39/79, el Sr. Intendente de la Municipalidad de General Pizarro, eleva el anteproyecto y solicita la financiación para la ejecución de la obra mencionada, la cual posibilitará disponer de agua potable en la ampliación de la urbanización municipal de la citada localidad;

Que la presente contratación tiene por objeto ejecutar la etapa Nº 1 de la ampliación de la red distribuidora de agua potable, tanto al oeste del ferrocarril, como al este del mismo e incluye todos los trabajos de movimiento de suelo, el revestimiento superficial de la calzada, la red de agua y las conexiones domiciliarias correspondientes, conforme al detalle de la Memoria Descriptiva y especificaciones técnicas de fs. 40/79;

Que en virtud de ello, a fs. 81/101 la Dirección de Obras Municipales de la S.O.P. confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 21.595.250,27 (pesos veintiún millones quinientos noventa y cinco mil doscientos cincuenta con 27/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.022, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs.82;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 150 (ciento cincuenta) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de General Pizarro;

Que a fs. 102, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 172/22, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 107, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 108, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada mediante Resolución Nº 102 D/22 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 109/110, rola Dictamen Nº 169/22 emitido por la Coordinación Legal y Técnica de la S.O.P., con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 111, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 74/22;

Que a fs. 113, rola la intervención de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 417/2.020 y las Resoluciones Nº 36/2.020 y 02/21 de la Secretaria de Procedimientos de Contrataciones, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el presente instrumento,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “AMPLIACIÓN RED DE AGUA POTABLE - ETAPA I - SECTOR I - GRAL. PIZARRO - DPTO. ANTA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 21.595.250,27 (pesos veintiún millones quinientos noventa y cinco mil doscientos cincuenta con 27/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.022, con la modalidad de Ajuste Alzado, con un plazo de ejecución de 150 (ciento cincuenta) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de General Pizarro.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Publica con la Municipalidad de General Pizarro, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092038008001 - Proyecto: 989 - Unidad Geográfica: 7 - Financiamiento: Libre Disp. (10011) - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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