RESOLUCIÓN N° 35D/20
BENEFICIO JUBILATORIO. LIC. ANGELA MARGARITA GIUS.

Publicado en el Boletín N° 20683, el día 11 de Febrero de 2020.



SALTA, 10 de Febrero de 2020

RESOLUCIÓN DELEGADA Nº  35 D

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expte. Nº 253545/19-código 127

VISTO
la renuncia presentada por la Lic. ANGELA MARGARITA GIUS, D.N.I. Nº 10.244.576, agente de Planta Permanente, dependiente del Hospital Melchora F. de Cornejo - Rosario de la Frontera - Ministerio de Salud Pública, a partir del 01 de noviembre de 2019, por acogerse al beneficio jubilatorio; y,

CONSIDERANDO:

Que la misma se fundamenta en la obtención del Beneficio Jubilatorio a través de la Resolución de Acuerdo Colectivo Nº 01283 de fecha 12 de julio de 2019 de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que la citada agente no posee Bienes Patrimoniales del Estado a su cargo; ni registra Sumario Administrativo alguno (fs. 14 y 16);

Que la agente incumplió con la presentación del Examen Psico-Físico de Egreso por su expresa negativa, (fs. 13);

Que habiendo tomado intervención el Departamento Jurídico de la Subsecretaría de Personal de la Provincia, se expide por la viabilidad de lo solicitado;

Que por Decreto Nº 1.595/12, con arreglo a lo dispuesto en las Leyes Nº 8.053/17 y Nº 5.348/78 de Procedimientos Administrativos, el titular del Poder Ejecutivo delega al Secretario General de la Gobernación y Ministros de las respectivas carteras, la competencia referente a la aceptación de renuncias de los agentes de la Administración Pública Provincial;

Por ello,

LA MINISTRA DE SALUD PÚBLICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aceptar con vigencia al 01 de noviembre de 2019, la renuncia de la Lic. ANGELA MARGARITA GIUS, D.N.I. Nº 10.244.576, al Cargo: Enfermera - Agrupamiento: Enfermería - Subgrupo: 1 - N° de Orden: 80, dependiente del Hospital Melchora F. de Cornejo - Rosario de la Frontera - Ministerio de Salud Pública, Decreto Nº 1.034/96.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que la Lic. GIUS no adjuntó el Certificado de Aptitud Psico-Físico de Egreso.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Medrano de la Serna





Responsive image Responsive image