RESOLUCIÓN N° 361/20
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 1. OBRA: CAMBIO DE CUBIERTAS Y REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.111 - JUAN XXIII - YARIGUARENDA - DPTO. SAN MARTÍN - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 20849, el día 20 de Octubre de 2020.



SALTA, 14 de Octubre de 2020

RESOLUCIÓN Nº 361

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 386-99.052/19 - Cpde. 12 y agregados.

VISTO
las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la obra “CAMBIO DE CUBIERTAS Y REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.111 - JUAN XXIII - YARIGUARENDA - DEPARTAMENTO SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 471/19 (fs. 46/48) a la empresa ING. EVERARDO G. BENAVIDEZ, por la suma de $ 3.238.718,61 (pesos tres millones doscientos treinta y ocho mil setecientos dieciocho con 61/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de agosto del 2019;

Que a fs. 49, el Inspector de Obra de la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., consideró cumplidos los requisitos previstos por el Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 21, rola Nota de Pedido Nº 01 mediante la cual la contratista adhirió expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente, renunció a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asumió la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor del contrato o precio surgido de la última redeterminación, sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 51, mediante Actuación Nº 25/2020 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 53/54 el Dictamen Nº 46/20 y a fs. 55 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 7,25 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de octubre de 2019;

Que a fs. 57 la Dirección de Obras de Educación a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, informa que no corresponde el descuento proporcional del anticipo financiero y procedió a redeterminar el monto contractual en la suma total de $ 3.307.802,24 (pesos tres millones trescientos siete mil ochocientos dos con 24/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de octubre de 2019, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de agosto de 2019 por la suma de $ 3.238.718,61 (pesos tres millones doscientos treinta y ocho mil setecientos dieciocho con 61/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de octubre de 2019 por la suma de $ 69.083,63 (pesos sesenta y nueve mil ochenta y tres con 63/100);

Que a fs. 60, rola intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 63, la Oficina General de Presupuesto y Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 66/67, mediante Dictamen Nº 440/2020, la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas toma la intervención correspondiente;

Que a fs. 68, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la obra “CAMBIO DE CUBIERTAS Y REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.111 -JUAN XXIII - YARIGUARENDA - DEPARTAMENTO SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 471/19, a la contratista ING. EVERARDO G. BENAVIDEZ.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 471/19, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 3.307.802.24 (pesos tres millones trescientos siete mil ochocientos dos con 24/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de octubre de 2019, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de agosto de 2019 por la suma de $ 3.238.718,61 (pesos tres millones doscientos treinta y ocho mil setecientos dieciocho con 61/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de octubre de 2019 por la suma de $ 69.083,63 (pesos sesenta y nueve mil ochenta y tres con 63/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista ING. EVERARDO G. BENAVIDEZ, por el monto dispuesto en el artículo 2º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011005205 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 852 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2019.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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