RESOLUCIÓN N° 362/20
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 1. OBRA: PROVISIÓN DE AGUA POTABLE EN ESCUELA Y PUESTOS - SALTA FORESTAL - 1º ETAPA - DPTO. ANTA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 20849, el día 20 de Octubre de 2020.



SALTA, 14 de Octubre de 2020

RESOLUCIÓN Nº 362

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 335-253.026/19 - Cpde. 15 y agregados.

VISTO
las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la obra “PROVISIÓN DE AGUA POTABLE EN ESCUELA Y PUESTOS - SALTA FORESTAL - 1º ETAPA - DEPARTAMENTO ANTA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 716/19 (fs. 47/50) a la empresa FRANCISCO SALES CONSTRUCCIONES, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 18.902.853,72 (pesos dieciocho millones novecientos dos mil ochocientos cincuenta y tres con 72/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de noviembre de 2019 (fs. 25/27);

Que a fs. 19, el Inspector de Obra de la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., consideró cumplidos los requisitos previstos por el Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 24 rola Nota de Pedido Nº 02, mediante la cual la contratista adhirió expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente, renunció a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asumió la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor del contrato o precio surgido de la última redeterminación, sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 31/32, mediante Actuación Nº 202/20 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 33/34 el Dictamen Nº 223/20 y a fs. 35 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 7,03 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de enero de 2020;

Que a fs. 36, la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procedió a la realización del descuento del anticipo financiero redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 19.965.701,58 (pesos diecinueve millones novecientos sesenta y cinco mil setecientos uno con 58/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de enero de 2020, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de noviembre de 2019 por la suma de $ 18.902.853,72 (pesos dieciocho millones novecientos dos mil ochocientos cincuenta y tres con 72/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de enero de 2020 por la suma de $ 1.062.847,86 (pesos un millón sesenta y dos mil ochocientos cuarenta y siete con 86/100);

Que a fs. 38/39, mediante Dictamen Nº 453/2020, la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas toma la intervención correspondiente;

Que a fs. 40, rola intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 41/45, la Oficina General de Presupuesto y Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 46, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la obra “PROVISIÓN DE AGUA POTABLE EN ESCUELA Y PUESTOS - SALTA FORESTAL - 1º ETAPA - DEPARTAMENTO ANTA - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 716/19, a la contratista FRANCISCO SALES CONSTRUCCIONES.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 716/19, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 19.965.701,58 (pesos diecinueve millones novecientos sesenta y cinco mil setecientos uno con 58/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de enero de 2020, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de noviembre de 2019 por la suma de $ 18.902.853,72 (pesos dieciocho millones novecientos dos mil ochocientos cincuenta y tres con 72/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de enero de 2020 por la suma de $ 1.062.847,86 (pesos un millón sesenta y dos mil ochocientos cuarenta y siete con 86/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista FRANCISCO SALES CONSTRUCCIONES, por el monto dispuesto en el artículo 2º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007143401 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 134 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2020.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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