RESOLUCIÓN N° 363/20
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 1. OBRA: REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.154 - FRAY FRANCISCO VICTORIA - EMBARCACIÓN - DPTO. SAN MARTÍN.

Publicado en el Boletín N° 20852, el día 23 de Octubre de 2020.



SALTA, 16 de Octubre de 2020

RESOLUCIÓN Nº 363

>SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 158-135.289/16 - Cpde. 14 y agregados.

VISTO
las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la obra “REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.154 - FRAY FRANCISCO VICTORIA - EMBARCACIÓN - DEPARTAMENTO SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 13/2020 (fs. 59/59 vta.) a la empresa CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICOS SRL, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 4.054.659,80 (pesos cuatro millones cincuenta y cuatro mil seiscientos cincuenta y nueve con 80/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de diciembre de 2019 (fs. 16/18);

Que a fs. 39, el Inspector de Obra de la Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., consideró cumplidos los requisitos previstos por el Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 01 rola Nota de Pedido, mediante la cual la contratista adhirió expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente, renunció a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asumió la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5 % del valor del contrato o precio surgido de la última redeterminación, sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 42/44, mediante Actuación Nº 174/20 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 45/46 el Dictamen Nº 212/20 y a fs. 47 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 12,20 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de febrero de 2020;

Que a fs. 49, la Dirección de Obras de Educación, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, informa que no corresponde el descuento proporcional del anticipo financiero y procedió a redeterminar el monto contractual en la suma total de $ 4.549.480,08 (pesos cuatro millones quinientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos ochenta con 08/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de febrero de 2020, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de diciembre de 2019 por la suma de $ 4.054.659,80 (pesos cuatro millones cincuenta y cuatro mil seiscientos cincuenta y nueve con 80/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de febrero de 2020 por la suma de $ 494.820,28 (pesos cuatrocientos noventa y cuatro mil ochocientos veinte con 28/100);

Que a fs. 53, rola intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 54/58, la Oficina General de Presupuesto y Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 60/61, mediante Dictamen Nº 224/2020, la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas toma la intervención correspondiente;

Que a fs. 62, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la obra “REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.154 - FRAY FRANCISCO VICTORIA -EMBARCACIÓN - DEPARTAMENTO SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 13/2020, a la contratista CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICOS SRL.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 13/2020, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 4.549.480,08 (pesos cuatro millones quinientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos ochenta con 08/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de febrero de 2020, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de diciembre de 2019 por la suma de $ 4.054.659,80 (pesos cuatro millones cincuenta y cuatro mil seiscientos cincuenta y nueve con 80/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de febrero de 2020 por la suma de $ 494.820,28 (pesos cuatrocientos noventa y cuatro mil ochocientos veinte con 28/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICOS SRL, por el monto dispuesto en el artículo 2º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011078002 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 183 - Unidad Geográfica: 56 - Ejercicio: 2020.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





Responsive image Responsive image